ORDEN FORAL 44/2011, de 26 de septiembre, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se resuelve la fase de información pública, se aprueba definitivamente el 'Proyecto de ampliación de zona de préstamo y vertedero para las obras de Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria: Variante de Irurita-Elizondo' y la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 34/2011, de 13 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se procedió a la aprobación provisional del "Proyecto de ampliación de zona de préstamo y vertedero para las obras de Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria: Variante de Irurita-Elizondo" y se sometió a información pública, conjuntamente con el estudio de impacto ambiental, a efectos de declaración de impacto ambiental y a efectos de bienes y derechos afectados.

Transcurrido el plazo de información pública, se han recibido 6 alegaciones iguales presentadas por las siguientes personas:

-Sotero Echandi Juanicotena.

-Jesús A. García Jiménez.

-Cesáreo Gartxitorena Etxeberria.

-Peio Obregozo Istilart.

-Luis Roldan Astiz.

-Asier Maritorena Azkarate.

Dado que las seis alegaciones son iguales se realiza una única contestación a la alegación.

Alegación:

  1. La documentación presentada no puede ser admitida a trámite hasta que no se aporte un proyecto de explotación que defina las condiciones de actuación.

  2. El Estudio de Impacto Ambiental no puede considerarse suficiente.

    Contestación:

  3. Se desestima lo alegado. La documentación relativa al "Proyecto de ampliación de zona de préstamo y vertedero para las obras de Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria: Variante de Irurita-Elizondo" contiene un proyecto de explotación para la extracción de material elaborada por una empresa especializada en la materia, un proyecto de voladuras visado y tramitado ante el Departamento de Desarrollo RuraI, Industria, Empleo y Medio Ambiente y la Delegación del Gobierno, un estudio de estabilidad de los frentes de explotación elaborado por una empresa especializada en la materia, el estudio de impacto ambiental y el Plan de seguridad y salud, los cuales han estado a disposición de los interesados durante el periodo de información pública en las oficinas del Servicio de Caminos y Construcción del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, tal como se indicaba en la Orden Foral 34/2001, de 13 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprobó provisionalmente el proyecto.

  4. Se desestima lo alegado. El Estudio de Impacto Ambiental es suficiente tal como indican los siguientes documentos elaborados por el, actualmente, Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente:

    -Informe de suficiencia ambiental emitido por la Dirección General de Medio Ambiente y Agua con fecha 4 de mayo de 2011.

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