ORDEN FORAL 970/2001, de 29 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, y que afecta a la Normativa Urbanística y a diversos emplazamientos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 970/2001, de 29 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, y que afecta a la Normativa Urbanística y a diversos emplazamientos.

El Ayuntamiento de Andosilla ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, un expediente de modificación del Plan Municipal, referente a la Normativa Urbanística y a los emplazamientos que a continuación se relacionan:

-Estafeta de Correos (parcela 154, polígono 2); Parcela 394 del polígono 4; Unidades UC-18 y UC-19 (Area de calle Los Huertos y grupo viviendas Virgen de la Cerca); Parcelas 1081 y 1082, polígono 5 (parcelas 675 y 676 del Plan Municipal); y, Zona Industrial.

Vista la documentación aportada, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Andosilla, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, y que afecta a la Normativa Urbanística y a varias parcelas y unidades de ejecución.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del...

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