ORDEN FORAL 322/2000, de 23 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se nombran Funcionarios en Prácticas y se les asigna destino para realizarlas a los aspirantes seleccionados en la convocatoria de concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación al servicio de la Administración de la Comunidad ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 322/2000, de 23 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se nombran Funcionarios en Prácticas y se les asigna destino para realizarlas a los aspirantes seleccionados en la convocatoria de concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Orden Foral 100/2000, de 22 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 40, de 31 de marzo de 2000), se aprobó la convocatoria de concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Orden Foral 298/2000, de 28 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, se aprueban las listas de aspirantes seleccionados, por áreas curriculares, en la citada convocatoria.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la base octava de la convocatoria procede efectuar el nombramiento de Funcionarios en Prácticas en favor de los aspirantes seleccionados.

En consecuencia y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Decreto Foral 165/1996, de 1 de abril,

ORDENO:

  1. Nombrar Inspectores de Educación en Prácticas a los aspirantes seleccionados que figuran en el Anexo de la presente Orden Foral con efectos iniciales de 1 de septiembre de 2000 y asignarles destino para la realización de las prácticas en el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios del Departamento de Educación y Cultura.

  2. Significar que en caso de no incorporarse a los citados destinos en el plazo de cinco días a partir de la comunicación de los mismos, se entenderá que renuncian a las pruebas selectivas.

  3. Contra la presente Orden Foral cabe la interposición de recurso de alzada, ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación.

  4. Interesar la publicación de la presente Orden Foral y su Anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Trasladar la presente Orden Foral y su Anexo a Secretaría Técnica...

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