DECRETO FORAL 161/1998, de 11 de mayo, por el que se asignan al Departamento de Educación y Cultura determinadas competencias en materia de expropiaciones urbanísticas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 161/1998, de 11 de mayo, por el que se asignan al Departamento de Educación y Cultura determinadas competencias en materia de expropiaciones urbanísticas.Boletín Oficial de Navarra Número 64 - Fecha 29/05/1998

El Decreto Foral 304/1990, de 7 de noviembre, atribuyó al Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, con carácter general, las competencias y funciones relativas a la tramitación y resolución de expedientes de expropiación urbanística.

La variedad de procedimientos expropiatorios originada por las distintas políticas sectoriales que promueve la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la especialidad de cada materia, junto con la necesidad de dotar de mayor agilidad a la actividad expropiatoria, recomienda, a la fecha, atribuir al Departamento de Educación y Cultura la competencia para que gestione y, en su caso, resuelva las expropiaciones urbanísticas en las materias que afectan a dicho Departamento.

La oportunidad de esta medida desconcentradora en orden a incrementar la eficacia administrativa encuentra un mayor refuerzo si se tiene en cuenta la unidad de criterios valorativos que para los justiprecios expropiatorios ha establecido con carácter uniformador, cualquiera que sea la finalidad de la expropiación, la nueva Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día once de mayo de mil novecientos noventa y ocho,

DECRETO:

Artículo único

Las competencias y funciones relativas a la tramitación y resolución de expedientes de expropiación urbanística para la gestión y ejecución de Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal referentes a materias de Educación y Cultura, que actualmente corresponden, en virtud del Decreto Foral 304/1990, de 7 de noviembre, al Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, serán ejercidas en lo sucesivo por el Consejero de Educación y Cultura.

DISPOSICION TRANSITORIA

Los expedientes de expropiación urbanística...

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