ORDEN FORAL 80/2006, de 11 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 80/2006, de 11 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

Mediante Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 118, de 3 de octubre de 2005), se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

La precitada norma fue modificada mediante Orden Foral 188/2005, de 21 de noviembre, del Consejero de Educación, ( BOLETIN OFICIAL de Navarra, Número 144, de 2 de diciembre de 2005).

La representación sindical presente en la Mesa Sectorial de personal docente no universitario, ha solicitado en reiteradas ocasiones la modificación de la regulación del sistema de renuncias al puesto de trabajo, recogido en la Base Novena de la Orden Foral 156/2005, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, al entender que la obligación que se impone a los aspirantes, una vez finalizado el período de renuncia voluntaria, de aceptar las ofertas de contratos a tiempo parcial, iguales o superiores a media jornada, si pretenden continuar incluidos en las relaciones de aspirantes, causa un grave perjuicio a estos, en cuanto que, en la mayoría de las ocasiones, desconocen las expectativas laborales que tendrán a lo largo del curso escolar.

La Administración educativa, admitió esta reivindicación sindical, en la reunión negociadora mantenida el día 23 de junio de 2006.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único _Efectuar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR