ORDEN FORAL 63/2001, de 6 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se fija el módulo económico de subvención para el año 2001 a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Unidades de Currículo Adaptado externas, y se autoriza el abono de dichas subvenciones correspondiente al 45% de...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 63/2001, de 6 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se fija el módulo económico de subvención para el año 2001 a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Unidades de Currículo Adaptado externas, y se autoriza el abono de dichas subvenciones correspondiente al 45% de dicho módulo económico.

Mediante la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, se dieron instrucciones y orientaciones para establecer respuestas educativas específicas para el alumnado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que precise medidas de promoción y compensación educativas.

La Orden Foral 406/2000, de 6 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura, fijó el módulo económico de subvención para el año 2000 de las unidades de currículo adaptado externas y autorizó el abono de dichas subvenciones correspondientes al periodo septiembre-diciembre de 2000. En la misma Orden Foral en su apartado 4.º se establecía que cuando se actualice el módulo de subvención para el año 2001, se concederá el 60% del mismo y se abonará en dos plazos: una cuantía equivalente al 45% en el primer trimestre del año 2001 y el 15% restante en el último trimestre del año 2001.

La Ley Foral 19/2000, de 29 de diciembre, de Presupuestos de Navarra para el ejercicio del año 2001 incluye la partida presupuestaria denominada "Subvención a centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz y otros".

El Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento, presenta un informe explicando el cálculo del módulo de subvención correspondiente a cada centro que está prestando un servicio de atención a los alumnos que por su edad deben estar escolarizados en un centro de secundaria, y sin embargo, son atendidos fuera del mismo según sus características particulares, en el curso 2000/2001, en la modalidad de escolarización compartida en el marco de una Unidad de Currículo Adaptado (U.C.A.) externa, según lo establecido en el apartado undécimo de la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, y proponiendo el abono del 45% del módulo económico.

Hasta este momento el Servicio de Renovación Pedagógica ha autorizado la puesta en funcionamiento de dos Unidades de Currículo Adaptado externas en la Granja Escuela "Haritz Berri" de Ilundain y en el Centro "Puente", de Puente la Reina; y una unidad en Taller-Escuela "Lantxotegi", de Berriozar...

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