ORDEN FORAL 273/2007, de 20 de agosto, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para el aumento del valor añadido de los productos agrícolas en el marco...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 273/2007, de 20 de agosto, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para el aumento del valor añadido de los productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

El Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) establece una medida destinada al aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales.

Dicha medida se aplica en Navarra en virtud de la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para el aumento del valor añadido de los productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

La referida Orden Foral, recoge las directrices de la normativa comunitaria, los criterios del Marco Nacional de Desarrollo Rural para el Programa de Desarrollo Rural de Navarra (2007-2013), así como del Plan de Actuaciones para la reestructuración de las cooperativas agrarias de Navarra, aprobado por Acuerdo de Gobierno de 8 de mayo de 2006.

No obstante lo anterior, se considera necesario modificar diversos artículos aprobados por la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en el sentido de matizar y dar una mayor claridad jurídica en su aplicación. Se modifica asimismo el baremo de las ayudas concedidas, recogido en el artículo 8 de la Orden Foral 95/2007, en el sentido ampliar la definición y alcance de las entidades asociativas y de adecuar las ayudas concedidas a dichas entidades al Plan de Actuaciones para la reestructuración de las cooperativas.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente.

ORDENO:

Artículo 1 Modificación de la letra d) del artículo 6.

La letra d) del artículo 6 pasa a tener la siguiente redacción:

"d) Los costes generales, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes o licencias, con un límite del 12 por 100 de la inversión subvencionable."

Artículo 2 Modificación de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8.

El apartado 2 del artículo 8 pasa a tener la siguiente redacción:

"2. En el caso de que los beneficiarios sean personas jurídicas, las subvenciones a percibir no podrán ser superiores al capital social escriturado y desembolsado. Esta limitación no será aplicable a las cooperativas agrarias ni a las sociedades mayoritariamente participadas por ellas".

El apartado 3 del artículo 8 pasa a tener la siguiente redacción:

"3. La cuantía de las ayudas se determinará de acuerdo con el siguiente...

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