ORDEN FORAL 666/2008, de 12 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para el aumento del valor añadido de los productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) establece una medida destinada al aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales.

Dicha medida se aplica en Navarra en virtud de la Orden Foral 95/2007, de 3 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para el aumento del valor añadido de los productos agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

Esta Orden Foral, recoge las directrices de la normativa comunitaria, los criterios del Marco Nacional de Desarrollo Rural para el Programa de Desarrollo Rural de Navarra (2007-2013), así como del Plan de Actuaciones para la reestructuración de las cooperativas agrarias de Navarra, aprobado por Acuerdo de Gobierno de 8 de mayo de 2006 y las orientaciones del Plan Estratégico para la Agricultura de Navarra aprobado igualmente en 2006.

En un proceso de adecuación de dicha norma a las nuevas orientaciones de la Comisión, así como para dar cabida al Plan de Actuaciones para la Reconversión Cooperativas Agrarias de Navarra, se consideró necesario modificar diversos artículos de la Orden Foral 95/2007. Dichas modificaciones fueron aprobadas mediante la Orden Foral 273/2007, de 20 de agosto, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Posteriormente con objeto de matizar y dar una mayor claridad jurídica en su aplicación, y con objeto de lograr una mejor adaptación al entorno económico y social de la Comunidad Foral de Navarra, mediante la Orden Foral 450/2008, de 21 de agosto, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente se modificaron diversos artículos, entre ellos el baremo de ayudas.

No obstante estas modificaciones adaptativas, tras la aplicación de la medida durante los años 2007 y 2008, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente considera conveniente introducir una nueva modificación del baremo y de los límites de ayudas que permita incentivar nuevos modelos de inversión, captar nuevos inversores y mejorar el control de la gestión presupuestaria.

Además se pretende modificar determinados conceptos y artículos que permitan precisar algunos criterios y dar una mayor claridad jurídica en la aplicación de la norma.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente.

ORDENO:

Artículo 1 Modificación de los puntos 1 y 5 del artículo 7.
  1. Se suprime el apartado c) del punto 1 del artículo 7.

  2. Se modifica el punto 5, del artículo 7 que pasa a tener la siguiente redacción:

5. Para poder acceder a las ayudas el volumen de las inversiones deberá superar los 50.000 euros. En el caso empresas agroalimentarias catalogadas como artesanales conforme al Decreto Foral 103/1994 de 23 de mayo, por el que se regula la Artesanía agroalimentaria, o una asociación de éstas, el volumen de las inversiones deberá superar los 12.000 euros.

Artículo 2 Modificación de los puntos 3 y 4 del artículo 8.

El punto 3 del artículo 8 pasa a tener la siguiente redacción:

"3. La cuantía de las ayudas se determinará de acuerdo con el siguiente baremo:

NUEVA PLANTA AMPLIACIÓN

PRODUC. (a) O MEJORA

(%) (%)

Puntuación general de partida 12 8

Implantación de empresas en Navarra (b) 2 -

Ampliaciones para nuevo producto (c) - 2

Entidades asociativas (d) 10 6

Localización:

-Zona de montaña 4 3

-Zona desfavorecida 2 1

Sector prioritario (e) 2 2

Producción de calidad (f) 2 2

Empresas con sistemas de gestión ambiental reconocidos internacionalmente (*)

Empresas con sistemas de gestión de la calidad...

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