ORDEN FORAL 173/2008, de 25 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece la organización, planificación y realización del período de prácticas selectivo del Cuerpo de Auxilio Judicial, así como la valoración de los funcionarios en prácticas que participen en las mismas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

De conformidad con lo previsto en el artículo 485 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los procesos de selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, incluirán la realización de un curso teórico-práctico o de un periodo de prácticas, que podrá tener carácter selectivo. En este mismo sentido, el artículo 24 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, regula el periodo de prácticas o curso selectivo contemplado en el citado artículo.

Mediante Orden Jus/2975/2006, de 15 de septiembre, se convocó proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial. La base específica número 7.7 de esta Orden, establece que los funcionarios en prácticas serán destinados, en cada ámbito territorial por el que concurran, al centro, instituto, unidad o centro de destino que se determine por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas que convocan plazas, para el desarrollo de un período de prácticas selectivo.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, corresponde al Instituto Navarro de Administración Pública, a través de los órganos de gobierno que resulten competentes de conformidad con lo establecido en sus estatutos, la aprobación y tramitación de las convocatorias relativas al ingreso y promoción en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por otra parte, mediante Decreto Foral 117/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, se atribuyen al Instituto Navarro de Administración Pública, entre otras, las competencias para gestionar el ingreso y la promoción del personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como la organización, planificación u realización de los cursos de formación subsiguientes a las pruebas selectivas de este personal.

Asimismo, el Instituto Navarro de Administración Pública, como organismo técnico superior de las Administraciones Públicas de Navarra, tiene encomendadas, entre otras, la realización de cualquier...

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