ORDEN FORAL 177/2005, de 9 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se avoca la competencia del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, el Departamento de Salud, y la Fundación Caja Navarra para el desarrollo...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 177/2005, de 9 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se avoca la competencia del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, el Departamento de Salud, y la Fundación Caja Navarra para el desarrollo del Programa de Atención Educativa Hospitalaria durante el año 2005-2006 para alumnos de Primaria y Secundaria.

Visto el informe presentado por el Director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración de este Departamento acerca del acuerdo de colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, el Departamento de Salud y la Fundación Caja Navarra para el desarrollo de un Programa de Atención Educativa Hospitalaria para alumnos de Educación Primaria y Educación Secundaria.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en relación con las facultades otorgadas por el artículo 22.1d) de esta misma disposición,

ORDENO:

  1. Avocar la competencia para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, el Departamento de Salud y la Fundación Caja Navarra para el desarrollo de un Programa de Atención Educativa Hospitalaria durante el año 2005-2006 para alumnos de Primaria y Secundaria.

  2. Aprobar el texto del convenio de colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, el Departamento de Salud y la Fundación Caja Navarra, que se incorpora como anexo a esta Orden Foral.

    1. _Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Trasladar la presente Orden Foral al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, al Director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, al Jefe de la Sección de Multiculturalidad e Inmigración y al Negociado de Gestión Económica, al Departamento de Salud, y a la Fundación Caja Navarra, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 9 de noviembre de 2005._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

    CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DEPARTAMENTO DE EDUCACION DEL GOBIERNO DE NAVARRA, EL DEPARTAMENTO DE SALUD, Y LA FUNDACION CAJA NAVARRA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ATENCION HOSPITALARIA DURANTE EL CURSO 2005-2006

    En Pamplona, a veinticinco de noviembre de 2005

    Reunidos:

    De una parte, don Luis Campoy Zueco, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, y domicilio en calle Santo Domingo s/n de Pamplona. De otra parte, doña María Kutz Peironcely, Consejera de Salud del Gobierno de Navarra. De otra parte, don Damaso Munarriz Diez de Ulzurrun Director de Fundación Caja Navarra, con CIF N.º G31691546 y domicilio en la calle de Carlos III número 8 1.ª planta, de Pamplona.

    Exponen:

    Que el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra considera necesario impulsar el Programa de Atención Educativa Hospitalaria para el alumnado que no puede acudir a los centros escolares por motivo de hospitalización en períodos prolongados por enfermedad o traumatismo.

    Que el Departamento de Educación cuenta con el Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra como recurso especializado provincial para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales (psíquicas, visuales, motóricas, auditivas, de conducta y de superdotación) de la Comunidad Foral.

    Que el ámbito de la Educación Hospitalaria se entiende como una necesidad educativa especial y por tanto el Departamento de Educación ha decidido incluirla dentro de los equipos específicos del CREENA para impulsar su organización y desarrollo.

    Que por parte del Departamento de Salud también se considera necesario la implantación del Programa de Atención Hospitalaria, y el desarrollo de Medicole (Aula Educativa Hospitalaria), dentro de las instalaciones del Hospital Virgen del Camino, del que podrán beneficiarse los pacientes en edad escolar ingresados en el mismo.

    Que la Fundación Caja Navarra tiene asignado como objeto social el desarrollo y difusión de actividades sociales y culturales que contribuyan al desarrollo de la sociedad, tanto en la Comunidad de Navarra como en otras comunidades donde Caja Navarra tiene implantación.

    Que el Departamento de Educación, el Departamento de Salud, y la Fundación Caja Navarra están interesadas en impulsar e intensificar conjuntamente la puesta en marcha la atención educativa hospitalaria y el desarrollo de Medicole (aula educativa hospitalaria), para lo cual...

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