ORDEN FORAL 178/2005, de 9 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se avoca la competencia del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, y la Fundación Caja Navarra, para la Implantación del Programa de ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 178/2005, de 9 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se avoca la competencia del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, y la Fundación Caja Navarra, para la Implantación del Programa de Atención Educativa Domiciliaria, durante el año 2005-2006 para alumnos de Primaria y Secundaria.

Visto el informe presentado por el Director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración de este Departamento acerca del acuerdo de colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Fundación Caja Navarra para la Implantación del Programa de Atención Educativa Domiciliaria, durante el año 2005-2006 para alumnos de Primaria y Secundaria.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en relación con las facultades otorgadas por el artículo 22.1.d) de esta misma disposición,

ORDENO:

  1. Avocar la competencia del Director de Enseñanzas Escolares y Profesionales, para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Fundación Caja Navarra para la Implantación del Programa de Atención Educativa Domiciliaria, durante el año 2005-2006, para alumnos de Primaria y Secundaria.

  2. Aprobar el texto del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Fundación Caja Navarra, que se incorpora como anexo a esta Orden Foral.

    1. _Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Trasladar la presente Orden Foral al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, al Director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, al Jefe de la Sección de Multiculturalidad e Inmigración y al Negociado de Gestión Económica, y notificar la misma a la Fundación Caja Navarra, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 9 de noviembre de 2005._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

    CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DEPARTAMENTO DE EDUCACION DEL GOBIERNO DE NAVARRA Y LA FUNDACION CAJA NAVARRA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ATENCION DOMICILIARIA EN EL AÑO 2005 (CURSO 2005/06)

    En Pamplona, a veinticinco de noviembre de 2005

    Reunidos:

    De una parte, don Luis Campoy Zueco, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, y domicilio en calle Santo Domingo, s/n, de Pamplona.

    De otra parte, don Damaso Munarriz Diez de Ulzurrun, Director de Fundación Caja Navarra, CIF número G31691546 y domicilio en la calle de Carlos III, número 8, 1.ª planta, de Pamplona.

    Exponen:

    Que el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra considera necesario impulsar el Programa de Atención Educativa Domiciliaria para el alumnado que no puede acudir a los centros escolares por motivo de enfermedad o convalecencia en períodos prolongados como consecuencia de la prescripción de los facultativos de salud.

    Que el Departamento de Educación cuenta con el Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra como recurso provincial especializado para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales (psíquicas, visuales, motóricas, auditivas, de conducta y de superdotación) de la Comunidad Foral.

    Que el ámbito de la Educación Domiciliaria se entiende como una necesidad educativa especial y por tanto el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra ha decidido incluirla dentro de los equipos del CREENA para impulsar su organización y su desarrollo.

    Que la Fundación Caja Navarra tiene asignado como objetivo social el desarrollo y difusión de actividades sociales y culturales que contribuyan al desarrollo de la sociedad, tanto en la Comunidad de Navarra como en otras comunidades donde Caja Navarra tiene implantación.

    Que el Departamento de Educación y Fundación Caja Navarra están interesadas en impulsar e intensificar conjuntamente la puesta en marcha y el desarrollo de Programa de Educación Domiciliaria, para lo cual consideran conveniente establecer un Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes.

    Cláusulas:

    1. _El presente convenio tendrá una duración desde el 1 de septiembre 2005 hasta el 31 diciembre del 2006 sin perjuicio de que las actividades concretas del mismo se desarrollen durante el curso escolar. Transcurrido ese plazo quedará resuelto el mismo y liberará a las partes de cualquier...

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