ORDEN FORAL 35/2000, de 24 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se convocan dos Becas para la Ayuda a la Promoción de Investigadores en Ciencias de la Salud (APICS) para el año 2000.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 35/2000, de 24 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se convocan dos Becas para la Ayuda a la Promoción de Investigadores en Ciencias de la Salud (APICS) para el año 2000.

El régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos ha sido objeto de regulación, por la aprobación de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 74, de 20 de junio de 1997.

De conformidad con lo señalado en el artículo 3.º de la mencionada Ley Foral la concesión de subvenciones se ajustará a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

El Departamento de Salud viene desarrollando acciones para la promoción de proyectos de investigación en los centros sanitarios y universitarios de Navarra en materia de Ciencias de la Salud a través de las sucesivas convocatorias anuales.

Simultáneamente es deseable promover líneas de investigación estables que sean desarrolladas y asumidas por centros y servicios sanitarios públicos que permitan promover proyectos con diferentes objetivos pero que tengan metodologías comunes. La estabilización de estas metodologías y técnicas está condicionada por la necesidad de disponer de personal idóneo dedicado a las mismas, con una formación en biomedicina tanto en Ciencias Básicas (preclínicas) como en investigación aplicada, sin perjuicio del adiestramiento básico en investigación experimental.

Es esta última finalidad formativa la que atiende la presente convocatoria de becas para la promoción de nuevos investigadores en Ciencias de la Salud. Los investigadores se adscribirán a centros públicos que desarrollen líneas estables de investigación al servicio del proyecto y que tengan a su vez capacidad de formarlos al tiempo que consolidan sus propias líneas de investigación.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 5.º de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos,

ORDENO:

  1. Convocar dos becas para la Ayuda a la Promoción de Investigadores en Ciencias de la Salud (APICS) para el año 2000, que se concederán en concurrencia competitiva con arreglo a las condiciones que se establecen en la presente Orden Foral.

  2. Podrán solicitar estas ayudas los licenciados universitarios residentes en Navarra que reúnan las condiciones que se establecen en el Anexo de la presente Orden Foral y hayan sido aceptados previamente como becarios por centros o servicios sanitarios públicos del Departamento de Salud y sus organismos autónomos para llevar a cabo una estancia en formación e investigación.

  3. Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se indica en el Anexo se presentarán en impreso de instancia en el Registro General del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, Pamplona) en el Departamento de Salud (Calle Amaya, número 2-A) o en el Servicio de Docencia, Investigación y Desarrollo Sanitarios (Pabellón de Docencia, recinto Hospital de Navarra) y cuyo plazo finalizará al mes de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. El Director General del Departamento de Salud resolverá la convocatoria, cuyo resultado se notificará individualmente a los interesados en el domicilio que indiquen en la solicitud y además se hará...

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