ORDEN FORAL 1497/1999, de 17 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Basaburua, en zona aledaña al núcleo de la localidad de Itsaso, creando la categoría de entorno de núcleo de población, y modificación del...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1497/1999, de 17 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Basaburua, en zona aledaña al núcleo de la localidad de Itsaso, creando la categoría de entorno de núcleo de población, y modificación del artículo 101 de las Normas de Edificación, expediente promovido por el Ayuntamiento de dicho municipio.

El Ayuntamiento de Basaburua ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, un expediente de modificación del Plan Municipal que tiene por objeto la delimitación de un entorno de núcleo de población en la localidad de Itsaso, que incluya una referencia expresa a la prohibición de construcción de instalaciones pecuarias, y la modificación del artículo 101 de las Normas de Edificación que establece las distancias.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con el artículo 116.3 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Basaburua, en zona aledaña al núcleo de la localidad de Itsaso, creando la categoría de entorno de núcleo de población, y modificación del artículo 101 de las Normas de Edificación, expediente promovido por el Ayuntamiento de dicho municipio.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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