ORDEN FORAL 78/2006, de 24 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas de formación en temas de la Unión Europea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 78/2006, de 24 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas de formación en temas de la Unión Europea.

La presente convocatoria para la concesión de 2 becas de formación en temas de la Unión Europea, se aprueba al amparo del Decreto Foral 172/2004, de 19 de abril, y con arreglo al Acuerdo de Colaboración, adaptado a esta normativa y suscrito en fecha 2 de julio de 2004 entre la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, para la formación de alumnos postgraduados en temas relativos a la Unión Europea.

Las becas están dirigidas a titulados superiores que cuenten con el perfil académico adecuado y con un conocimiento de idiomas suficiente para poder adquirir formación en un entorno transnacional y multilingüe.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1e) de la Ley Foral 14/2004, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y el Decreto Foral 40/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda,

ORDENO:

Primero._Aprobar la convocatoria para la concesión de becas de formación en temas de la Unión Europea, cuyas Bases se determinan como Anexo de esta Orden Foral.

Segundo._El impacto económico de esta Orden Foral, por un importe total de 18.227,36 euros será distribuido por anualidades de la siguiente manera:

_El gasto para el año 2006, por un importe de 11.818,24 euros se hará con cargo a la partida 13200-123001-4812-145100 denominada "Convenio con Universidades" de los Presupuestos Generales de Navarra para 2006.

_El gasto correspondiente al año 2007 por un importe global de 6.409,12 euros con cargo a la partida correlativa a la denominada "Convenio con Universidades" de los Presupuestos Generales de Navarra que se habiliten para 2007.

Tercero._Disponer el pago del importe mensual de las becas a la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad Pública de Navarra en los términos del Acuerdo de Colaboración anteriormente referido.

Cuarto._Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Quinto._Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

A N E X O

Bases

  1. Objeto

    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de becas a Licenciados Universitarios con el fin de fomentar su formación, especialización y perfeccionamiento en temas europeos mediante el aprendizaje directo del funcionamiento institucional europeo y de las políticas correspondientes.

    Con este objeto se convocan inicialmente dos becas destinadas a Titulados Universitarios Superiores que cumplan con los requisitos y condiciones de la presente convocatoria. Este número de becas se podrá ir posteriormente cubriendo, hasta un máximo de seis por anualidad, con los candidatos que resulten seleccionados sin necesidad de nueva convocatoria y a petición de las unidades administrativas respectivas siempre que exista disponibilidad presupuestaria para ello.

    La actividad de los becarios se desarrollará en las dependencias del Servicio de Participación en el Proceso de Construcción Europea en Pamplona y en la Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

  2. Duración

    Las becas tendrán una duración de doce meses a contar desde la fecha de incorporación del becario a la actividad de formación, salvo en el caso de cubrir una renuncia que podrá ser inferior, distribuyéndose su disfrute en dos períodos sucesivos de seis meses, el primero de ellos en Pamplona y el segundo en Bruselas. No obstante, las becas podrán prorrogarse por períodos iguales, en función de las necesidades y del desarrollo formativo que haya experimentado el becario, hasta un máximo total de tres años entre el período inicial y las prórrogas.

    En ningún caso, la prórroga de las becas supondrá una alteración de la naturaleza de las mismas.

  3. Cuantía

    Las becas de formación estarán dotadas con una cuantía mensual bruta, a mes vencido, de 450,76 euros para el período de disfrute en Pamplona y de 901,52 euros mientras los becarios desarrollen su actividad en Bruselas.

    La gestión económica de las becas se...

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