ORDEN FORAL 24/2006, de 25 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Berriozar, nuevo Sector Artiberri II, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 24/2006, de 25 de enero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Berriozar, nuevo Sector Artiberri II, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Berriozar ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación las Normas Subsidiarias de Berriozar, nuevo Sector Artiberri II, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

  2. Deberá entregarse en el plazo de tres meses un Texto Refundido del expediente, en el que se recoja la documentación técnica del expediente, incorporando las determinaciones de los Informes Departamentales emitidos, y expresamente la siguiente determinación que condiciona al Proyecto de Urbanización:

    _El Proyecto de Urbanización, y para posibilitar el servicio de Transporte Urbano Comarcal por la calle Cañada Real de las Provincias hasta que se ejecute la solución que se prevea en la revisión del Plan General, posibilitará el cambio de sentido desde la citada calle Cañada Real de las Provincias para autobuses de 18 m por el viario interno de la urbanización situado en el extremo noroeste de la misma (anchura de viales suficientes, radios de giro adecuados en intersecciones, etc.). Este cambio de sentido debe ser coherente con la ubicación de paradas propuesta en la calle Cañada Real de las Provincias.

  3. El Proyecto de Urbanización se someterá a Informe del Departamento de Obras Públicas, Trasportes y Comunicaciones y de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

  4. Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de...

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