ORDEN FORAL 1/2001, de 16 de enero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para actividades de formación e investigación en áreas de acción social para el año 2001.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1/2001, de 16 de enero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para actividades de formación e investigación en áreas de acción social para el año 2001.

La Ley Foral 14/1983, de 30 de marzo, de Servicios Sociales de Navarra establece en el artículo 5.º como función del Gobierno de Navarra, entre otras, la de potenciar los estudios e investigaciones necesarias para un mayor conocimiento de la problemática social, sus causas y soluciones posibles, así como la formación de personal cualificado para los diversos servicios sociales.

El ejercicio de esta función y la consecución de los objetivos conducentes a dicha finalidad hace conveniente la puesta en marcha de una actuación coordinada que procure, por una parte, la obtención de estudios en estas materias y, por otra, la formación de titulados y profesionales, mediante el fomento de la investigación en servicios sociales a través de la dotación de ayudas encaminadas a dicho logro.

Por cuanto antecede y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria para actividades de formación e investigación en áreas de acción social para el año 2001, que figuran en el Anexo a esta disposición.

  2. La partida presupuestaria a la que pueden acogerse las solicitudes es la de "Transferencias para formación, becas y proyectos de investigación" 910001-91110-4810-313002, del presupuesto de gastos para el año 2001, dotado con siete millones cuatrocientas cincuenta mil (7.450.000) pesetas, para esta convocatoria.

  3. La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a dieciséis de enero de dos mil uno.-El Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, Calixto Ayesa Dianda.

A N E X O

Bases de la Convocatoria de ayudas para actividades de formación e investigación en áreas de acción social para el año 2001

  1. -Objeto.

    Convocar en régimen de concurrencia competitiva para las modalidades A y B, y en régimen de concurrencia para las modalidades C, D y E, la concesión de ayudas económicas para la realización de actividades clasificadas según las siguientes modalidades:

    1. Becas a profesionales, con una duración no superior a un año, sobre las áreas señaladas en la convocatoria.

      Excepcionalmente, previa petición y justificación avalada por el profesional que dirige el proyecto, las becas podrán ser prorrogadas por un máximo de un año.

    2. Subvenciones a proyectos de investigación con una duración no superior a dos años sobre las áreas de estudio señaladas en la convocatoria.

    3. Subvenciones a proyectos de diagnóstico de calidad de centros de servicios sociales.

    4. Subvenciones destinadas a la organización de jornadas, congresos y reuniones científicas sobre temas de acción social.

    5. Subvenciones para difusión de estudios e investigaciones sobre temas de acción social.

  2. -Requisitos de los solicitantes.

    En todas las modalidades, los solicitantes deberán reunir y justificar documentalmente las siguientes condiciones en la fecha de solicitud de la ayuda.

    -Modalidad A.

    2.1. Ser residente en Navarra.

    2.2. Haber finalizado sus estudios universitarios en el año 1996 y siguientes.

    2.3. Los proyectos deberán estar dirigidos y avalados por personal de plantilla, con titulación universitaria, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus Organismos Autónomos, de las Administraciones Locales o de la Administración del Estado en Navarra.

    2.4. Deberán contar con el aval o visto bueno del centro o institución donde se prevea realizar el proyecto.

    2.5. Acreditar la cobertura de las contingencias de accidente y asistencia sanitaria, en el momento de la firma de aceptación de la ayuda.

    -Modalidad B.

    2.6. El equipo de investigación deberá ser residente en Navarra.

    2.7. Los solicitantes deberán constituir equipos profesionales, integrados por un máximo de cuatro personas, adscritos a centros asistenciales, universitarios y otras entidades o instituciones, sin ánimo de lucro, con capacidad de actuación en las áreas de acción social, que se encuentren ubicados en Navarra.

    2.8. Deberá especificarse un investigador principal que a su vez ostentará la condición de ser personal de plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de sus Organismos Autónomos, de las Administraciones Locales o de la Administración del Estado en Navarra.

    2.9. Ningún investigador principal podrá solicitar, en calidad de tal, financiación de más de un proyecto en la presente convocatoria.

    2.10. Ningún miembro del equipo investigador podrá participar simultáneamente en más de dos proyectos de investigación, bien sea de la presente convocatoria o de cualquiera de las convocatorias siguientes para proyectos de investigación subvencionados por organismos públicos.

    2.11. Deberán contar con el aval o visto bueno del centro o institución donde se prevea realizar el proyecto.

    -Modalidad C.

    2.12. Podrán acogerse a esta modalidad las personas jurídicas inscritas en el Registro de Entidades, Servicios...

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