ORDEN FORAL 45/2004, de 24 de marzo, del Consejero de BienestarSocial, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las cuantías deRenta Básica para el año 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 45/2004, de 24 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las cuantías de Renta Básica para el año 2004.

El Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, por el que se regula la Renta Básica,establece en el artículo 3.º el importe de la Renta Básica de la Unidad Perceptora, disponiendo en el apartado tercero del citado artículo, que anualmente se regulará la cantidad mínima a percibir, que no será inferior al 7% del Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.).

La Ley Foral 8/2003, de 24 de febrero, establece en su artículo 5.º la modificación del artículo 4.º de la Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales, incrementando en un 5% los porcentajes establecidos en el Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril.

Por cuanto antecede y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero deBienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENA:

  1. Aprobar las cuantías de Renta Básica a percibir por Unidad Perceptora durante el año 2004, previstas en el artículo 3.º del Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, de acuerdo con la siguiente tablade importes:

    S.M.I. mensual: 460,50 euros.

    1 persona hasta el 80% del S.M.I. mensual 368,40 euros.

    2 personas hasta el 95% del S.M.I. mensual 437,48 euros.

    3 personas hasta el 105% del S.M.I. mensual 483,53 euros.

    4 personas hasta el 115% del S.M.I. mensual 529,58 euros.

    5 personas...

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