ORDEN FORAL 521/2008, de 19 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba el calendario laboral del año 2009 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Una vez determinadas las fiestas laborales para el año 2009 en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra mediante Resolución 468/2008, de 3 de junio, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, procede aprobar para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, el calendario de días festivos entre semana durante el año 2009 y la distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo del citado personal, con base en el cómputo anual establecido por el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

ORDENO:

Artículo 1 Determinación de días festivos.
  1. El calendario de días festivos entre semana durante el año 2009 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos será el siguiente:

    1 de enero: Año nuevo.

    6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

    19 de marzo: San José.

    9 de abril: Jueves Santo.

    10 de abril: Viernes Santo.

    13 de abril: Lunes de Pascua.

    1 de mayo: Fiesta del trabajo.

    6 de julio: Víspera de San Fermín, festivo desde las 12 horas para el personal que presta sus servicios en Pamplona.

    7, 8, 9 y 10 de julio: Fiestas de San Fermín, festivo para el personal que presta sus servicios en Pamplona.

    25 de julio: Santiago Apóstol.

    15 de agosto: Asunción de la Virgen.

    12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

    30 de noviembre: Celebración de San Saturnino, festivo para el personal que presta sus servicios en Pamplona.

    3 de diciembre: San Francisco Javier, Día de Navarra.

    8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada.

    25 de diciembre: Natividad del Señor.

  2. Para el personal que no presta sus servicios en Pamplona se consideran festivos, con motivo de las fiestas patronales de la localidad en la que presten sus servicios, el día del Patrón, los tres sucesivos y la víspera desde las 12:00 horas. Asimismo se considerará festivo un día más, en la fecha que en la localidad corresponda por tradición o precepto religioso.

Artículo 2 Distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración de la...

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