ORDEN FORAL 402/2001, de 4 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el precio máximo en euros del cartón utilizable en el juego del bingo considerado de simple pasatiempo o recreo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 402/2001, de 4 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el precio máximo en euros del cartón utilizable en el juego del bingo considerado de simple pasatiempo o recreo.

Mediante Orden Foral 114/1997, de 28 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se estableció en 25 pesetas el precio máximo del cartón utilizable en la práctica del juego del bingo considerado de simple pasatiempo o recreo.

La Disposición Final Primera del Decreto Foral 263/1992, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo, faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior a dictar las disposiciones que exija la ejecución y desarrollo del Reglamento en relación con aquellas materias que lo requieran.

El día uno de enero del próximo año comienza la entrada en circulación de billetes y monedas denominadas euros. Por ello, resulta necesario determinar el precio máximo en euros del cartón utilizable en este tipo de juego.

En consecuencia, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. El valor máximo del cartón utilizable en la práctica del juego del bingo considerado de simple pasatiempo o recreo queda establecido en...

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