ORDEN FORAL 33/1997, de 12 de marzo, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se regula la concesión de ayudas a Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra correspondientes a 1997.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 33/1997, de 12 de marzo, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se regula la concesión de ayudas a Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra correspondientes a 1997.Boletín Oficial de Navarra Número 47 - Fecha 18/04/1997
En la Comunidad Foral de Navarra existen varias asociaciones de carácter cultural y recreativo que sirven de punto de encuentro y de amistad entre ciudadanos naturales o procedentes de otras regiones o países que por motivos laborales, familiares u otros, residen en Navarra y mantienen los rasgos de identidad de su tierra de origen mediante las actividades de estas asociaciones.
El Gobierno de Navarra viene concediendo diversas ayudas a estas entidades para financiar sus actividades culturales y su funcionamiento.
En los Presupuestos Generales de Navarra para 1997 existe una partida económica, dentro del Departamento de Presidencia e Interior, especifica para este fin.
Resulta conveniente regular la concesión de estas ayudas tanto para financiar los gastos habituales de funcionamiento y financieros, como los de organización de actos de carácter cultural y divulgativo.
En consecuencia, y en virtud de las facultades que me confiere la Ley Foral de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
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Se establecen ayudas a las Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra y federaciones de las mismas, para el fomento de sus actividades con arreglo a las normas contenidas en la presente Orden Foral.
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Las ayudas se destinarán a las siguientes finalidades:
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Actividades culturales organizadas con motivo de las fiestas propias y otras actividades culturales ordinarias a celebrar en 1997 o celebradas en el ejercicio anterior.
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Gastos de funcionamiento, reposición de mobiliario de la sede social y financieros.
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Se establecen las siguientes ayudas:
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Hasta 500.000 pesetas por entidad para financiar la organización de actos culturales. A estos efectos se computarán los gastos derivados de las actuaciones de grupos artísticos o de la organización de otras actividades culturales.
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Hasta 325.000 pesetas por entidad para financiar gastos ordinarios de funcionamiento, reposición de mobiliario de la sede social y financieros. Entre los gastos de funcionamiento podrá incluirse hasta un máximo de 100.000 pesetas como gastos correspondientes a organización de actos sociales, desplazamientos de representantes, etc.
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De carácter extraordinario...
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