Cédulas de notificación Resoluciones de concesión de aplazamiento

SecciónV - Administración del Estado

Por esta Dirección Provincial se ha dictado resolución de concesión, en relación con las solicitudes de aplazamiento extraordinario de pago de cuotas de la Seguridad Social formuladas por las siguientes empresas o trabajadores: Doña María Dolores Vicente Muñio, con domicilio en Luis Morondo, número 4 oficina 3, 31006 Pamplona, doña María Elena Merlo Rivero, con domicilio en Zolina, número 4-1.º izquierda, 31006 Pamplona, don Antonio Jesús Romo Goñi, con domicilio en Monasterio de Irache, número 47 bajo, 31011 Pamplona, doña María M. Coro Gracia Roncal, con domicilio en Mayor, números 48, 50-1.º C, 31610 Villava, en el sentido de reconocerles el derecho al mismo con las condiciones previstas en los artículos 40 y siguientes del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y artículos 24 y siguientes de la Orden de 26 de mayo de 1999, de desarrollo del mismo.

Para todos los expedientes relacionados podrán interponer recurso de alzada ante el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de octubre de 1995), y 2.b) de la Disposición Adicional Quinta de la Orden Ministerial de 26 de mayo de 1999, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El plazo para la interposición de dicho recurso será de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y para su inserción en el...

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