ORDEN FORAL 520/2010, de 1 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se cierra provisionalmente el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas previstas en la Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas a las Medidas de 'Modernización de explotaciones agrarias' y 'Primera instalación de jóvenes agricultores', del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se establecen las normas reguladoras de las ayudas a las Medidas de "Modernización de explotaciones agrarias" y "Primera instalación de jóvenes agricultores", del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

La experiencia en la aplicación de la medida, la evolución de los costes de inversión de determinados bienes y la redefinición de criterios de gestión, hacen que el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, considere imprescindible introducir, a partir del ejercicio 2011, cambios importantes en dichas medidas, especialmente relacionados con los módulos de ayuda, así como en la precisión de determinados criterios de gestión.

La elaboración de las nuevas propuestas va a provocar que la publicación de la nueva norma se produzca después de la apertura del plazo de presentación de solicitudes establecido el 1 de enero por la vigente Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

En este sentido, y visto el interés de que a partir de 2011 todas las solicitudes de ayuda se tramiten teniendo en cuenta los nuevos módulos y criterios de gestión, procede un cierre provisional del plazo de presentación de solicitudes de las ayudas contempladas en estas medidas, hasta la entrada en vigor de la nueva norma modificada.

La disposición final segunda del Decreto Foral 67/2006, de 2 de octubre, por el que se autoriza el Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Foral de Navarra y se establece su organización y funcionamiento, faculta a la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral y, en particular, para establecer las normas reguladoras de las subvenciones total o parcialmente financiadas por los fondos europeos agrícolas.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

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