ORDEN FORAL 4/2010, de 11 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de ciervos criados en explotaciones ganaderas, en el marco de las campañas especificas de lucha, control o erradicación de la tuberculosis, brucelosis y encefalopatías espongiformes transmisibles.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de sanidad animal, tiene como objeto y ámbito de aplicación, asegurar la sanidad de los animales vinculados a la ganadería existentes en Navarra, proteger la salud humana de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias que afectan a la cabaña ganadera y coadyuvar a una mejora de la rentabilidad de las explotaciones ganaderas.

La citada Ley Foral establece acciones sanitarias dirigidas a la vigilancia y control de la sanidad animal y que se ejecutan ante la sospecha o presencia de enfermedades incluidas en las listas oficiales.

El sacrificio que se declare obligatorio por la autoridad competente deberá llevar consigo la correspondiente indemnización, de acuerdo con la normativa y baremos vigentes.

Existe normativa nacional que establece los baremos de indemnización aplicables al ganado vacuno, ovino y caprino. Pero no existe ninguna tabla de baremos para indemnizar el sacrifico por razones sanitarias de ciervos criados en cautividad, bien con fines cinegéticos bien como de producción cárnica. Por todo ello es necesario establecer un baremo indemnización aplicable de forma unificada para esta especie en previsión de actuaciones sanitarias que obliguen al sacrificio de este tipo de animales.

Al igual que ocurre con especies animales donde existe un baremo establecido, el valor indemnizable debe ser ajustado a su valor comercial, sin consideraciones de su valor genético o de conformación, que deben ser asumidas por el ganadero como forma de corresponsabilidad, bien directamente o mediante la contratación de seguros.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1

El objeto de esta norma es establecer los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de los ciervos (Cervus elaphus), que se consideren infectados o...

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