ORDEN FORAL 180/2009, de 8 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se ordena modificar la Orden Foral 81/2009, de 5 de marzo, por la que se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza, responsables de los daños a la agricultura causados por las especies cinegéticas, para hacer frente a los daños producidos por la fauna silvestre cinegética en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 81/2009, de 5 marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a los titulares del aprovechamiento cinegético de los cotos de caza, responsables de los daños a la agricultura causados por las especies cinegéticas, para hacer frente a los daños producidos por la fauna silvestre cinegética en Navarra.

En la Base Cuarta, Plazo, forma de acreditación de los daños y valoraciones, punto 4.1, se establecen los plazos de entrega de las distintas hojas de reclamación de daños en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

El Servicio de Conservación de la Biodiversidad informa que, en el caso de las hojas de reclamación de daños de conejo en cereales de invierno el plazo de entrega finalizó el 1 de abril de 2009. Teniendo en cuenta que este año es el primer año en el que se marcan dichos plazos de entrega y que la convocatoria se publicó el 25 de marzo de 2009, considera poco margen de plazo para la presentación de las solicitudes, por lo que propone que se amplíe este plazo hasta el 10 de mayo de 2009.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Modificar el punto 4.1 de la Base Cuarta de la citada convocatoria, de forma que donde dice "En el caso de las hojas de reclamación de daños de conejo en cereales de invierno sólo hasta el 1 de abril de 2009" diga: En el caso de las hojas de reclamación de daños de conejo en cereales de invierno sólo hasta el 10 de mayo de 2009.

  2. Publicar la presente Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

  3. Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el...

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