ORDEN FORAL 55/2004, de 13 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Area de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos y se determina el procedimiento para su implantación operativa.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 55/2004, de 13 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Area de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos y se determina el procedimiento para suimplantación operativa.

El Texto Refundido de la Ley Foral de Cuerpos de Policía de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 213/2002, de 14 de agosto, en lo que se refiere a la organización interna del Cuerpo de la Policía Foral, se remite a las normas reglamentarias que la desarrollen.

Al amparo de esta remisión legal, el Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, implanta un modeloorganizativo que permite responder de forma integral a las necesidades de los ciudadanos en el ámbito territorial de la Comunidad Foral, dentro del marco de competencias que permite el ordenamiento jurídico. Este modelo organizativo estructura la Policía Foral, atendiendo a criterios meramente funcionales y operativas, en cuatro niveles jerarquizados que son: las áreas, divisiones, brigadas y grupos. El propio Decreto Foral estableció la estructura a nivel de áreas y divisiones.

Según dispone el artículo 16 del referido Reglamento de organización y funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior la creación, modificación o supresión de las brigadas y grupos. De otra parte, en su disposición transitoria prevé que la estructura organizativa prevista para la Policía Foral se irá implantando progresivamente, considerando en cada momento las disponibilidades presupuestarias, así como los medios humanos y materiales con que cuentala Policía Foral.

La estructura organizativa de la Policía Foral precisa ahora desarrollar el Area de Seguridad Ciudadana a nivel de brigadas y grupos, con la creación de aquellas unidades orgánicas cuya existencia se considera necesaria para la mejor operatividad en la ejecución de las tareas policiales. Además, procede definir el proceso a seguir para la dotación de las nuevas unidades.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 36 de la Ley Foral del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral

ORDENO:

CAPITULO I Artículos 1 a 10

De la estructura organizativa del área de seguridad ciudadana

SECCION PRIMERA Artículos 1 a 3.1

División de Protección Ciudadana

Artículo 1 La División de Protección Ciudadana se estructura en las siguientes brigadas:

_Brigada de Protección de Edificios.

_Brigada de Prevención.

Artículo 2. 1 Corresponde a la Brigada de Protección de Edificios la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:
  1. La vigilancia, control y custodia de los edificios institucionales de la Comunidad Foral que por sus especiales circunstancias se determinen por el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

  2. Proporcionar seguridad y protección a las personas que se encuentren en los edificios a custodiar.

  3. La custodia de los vehículos y demás bienes en depósito en las comisarías.

  4. Ejecución, en su caso, del depósito de detenidos, la custodia y el traslado de los mismos.

    1. Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Protección de Edificios se estructura en los siguientes grupos:

  5. Grupo de Justicia.

  6. Grupo de Instituciones.

  7. Grupo Comisaría de Pamplona.

  8. Grupo Comisaría de Tudela.

    1. Los grupos a), b) y c) del apartado anterior tendrán carácter central. El grupo d) tendrá carácter territorial.

Artículo 3. 1 Corresponde a la Brigada de Prevención la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:
  1. Proporcionar seguridad, protección y auxilio a las personas y bienes, especialmente en situaciones de emergencia.

  2. La vigilancia de espacios públicos.

  3. La protección y ordenación de manifestaciones y grandes concentraciones humanas en general.

  4. Evitar y perseguir las acciones que pudieran generar responsabilidad penal o administrativa, adoptando medidas preventivas a tal efecto.

  5. Procurar una percepción de seguridad y bienestar en la ciudadanía y garantizar el ejercicio de sus derechos.

  1. La Brigada de Prevención tendrá carácter central.

SECCION 2ª Artículos 4 a 7.1

División de Protección de Autoridades

Artículo 4 La División de Protección de Autoridades se estructura en las siguientes brigadas:

_Brigada de Presidencia.

_Brigada de Escoltas.

_Brigada de Apoyo.

Artículo 5. 1 Corresponde a la Brigada de Presidencia la ejecución directa de las tareas policiales orientadas a garantizar la seguridad del Presidente del Gobierno de Navarra y otras de análoga naturaleza.
  1. La Brigada de Presidencia tendrá carácter central.

Artículo 6. 1 Corresponde a la Brigada de Escoltas la ejecución directa de la tarea policial de proporcionar los servicios de escolta y protección a las autoridades que se le encomienden.
  1. Para la mejor ejecución de las tareas que tiene encomendadas y la optimización en la ejecución de las mismas en ámbitos territoriales, la Brigada de Escoltas se estructura en los siguientes Grupos:

    1. Grupo de Pamplona.

    2. Grupo de Tudela.

  2. El Grupo de Pamplona y el Grupo de Tudela tendrán carácter central.

Artículo 7. 1 Corresponde a la Brigada de Apoyo la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:
  1. Proporcionar los servicios necesarios de protección y vigilancia que garanticen una seguridad integral del protegido en coordinación con el resto de brigadas de la División.

  2. Realizar servicios de contravigilancia, avanzadas, inspecciones y aquellos necesarios para garantizar la seguridad de los protegidos.

  3. Dar apoyo y protección al resto de brigadas de la División.

  1. Esta brigada tendrá carácter central.

SECCION 3ª Artículos 8 y 9.1

División de...

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