ORDEN FORAL 49/2003, de 28 de mayo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas y subvenciones a clubes deportivos para la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 49/2003, de 28 de mayo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas y subvenciones a clubes deportivos para la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional.

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, señala como objeto de aplicación la regulación, ordenación, promoción y coordinación del deporte en el ámbito de las competencias que, en el marco de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, corresponden a la Comunidad Foral de Navarra.

Aborda de manera novedosa, en el ámbito de la Comunidad Foral, la actividad deportiva de alto nivel, lo que supone un estímulo para la práctica deportiva de base, y ejerce funciones de representación y promoción en los ámbitos estatal e internacional, promoviendo por ello su impulso y desarrollo, y constituyendo el último estadio de la pirámide deportiva.

Establece el Principio de colaboración, por el cual la organización institucional del deporte en Navarra seguirá los principios de coordinación administrativa, de colaboración con las entidades públicas o privadas y de participación de las mismas. Igualmente, promueve la integración de los deportistas en las federaciones deportivas correspondientes.

Con el fin de clarificar y delimitar las competiciones de los clubes deportivos, para su participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional, tanto del alto nivel deportivo como de los niveles inferiores, es conveniente aprobar una nueva convocatoria, que se adecue a la Ley Foral del Deporte y establezca las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones a los mismos.

En consecuencia, conforme al artículo 5.º de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

ORDENO:

  1. Aprobar la Convocatoria de ayudas y subvenciones a clubes deportivos para la participación en Competiciones deportivas oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional.

  2. El gasto para hacer frente a la presente convocatoria se aplicará a la Partida Presupuestaria 940002-95120-4810-457102 denominada "Ayudas a clubes y asociaciones deportivas" de los Presupuestos Generales de Navarra de 2002 prorrogados para 2003.

    O a la que se habilite en los Presupuestos Generales de Navarra para los fines establecidos en la Convocatoria, quedando condicionada la concesión de subvenciones a la existencia de créditos presupuestarios en los correspondientes ejercicios.

  3. Publicar la presente Orden Foral y su Anexo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas la Orden Foral 163/1996, de 24 de abril, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, que aprueba la convocatoria de subvenciones a clubes y deportistas para la participación en competiciones deportivas de carácter nacional no profesional; la Orden Foral 475/1996, de 30 de diciembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, que aprueba la convocatoria de subvenciones a clubes navarros cuyos equipos participan en competiciones de primer nivel nacional; así como el punto 2.2. Participación en Campeonatos internacionales de carácter oficial, de las bases de la Orden Foral 28/1997, de 13 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, que aprueba la convocatoria de ayudas para la realización y participación en actividades deportivas no reguladas por otras convocatorias más específicas. Y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

DISPOSICION TRANSITORIA

Los clubes incluidos en la Base 3.2. de esta Orden Foral, cuya competición hubiera finalizado en el plazo de los dos meses anteriores a la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tendrán un plazo de presentación de solicitudes de dos meses desde la finalización de las mismas, en...

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