ORDEN FORAL 72/2006, de 27 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del año 2006 a clubes deportivos para la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 72/2006, de 27 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del año 2006 a clubes deportivos para la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional.

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, señala como objeto de aplicación la regulación, ordenación, promoción y coordinación del deporte en el ámbito de las competencias que, en el marco de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, corresponden a la Comunidad Foral de Navarra.

El artículo 33 de la misma Ley Foral expone que la Administración de la Comunidad Foral fomentará la actividad deportiva a través de un régimen de ayudas y subvenciones, el impulso del patrocinio deportivo y el impulso de los convenios de colaboración en actividades de interés general. Las bases reguladoras de las subvenciones en materia de deporte podrán prever la finalización del procedimiento de concesión de la subvención, mediante acuerdo entre la Administración y los interesados.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas y en ellas se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control.

Con el fin de clarificar y delimitar las ayudas a clubes deportivos, para su participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional, tanto del alto nivel deportivo como de los niveles inferiores, es conveniente aprobar una convocatoria, que se adecue a la Ley Foral del Deporte y establezca las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones a los mismos.

Por Acuerdo de Gobierno del 27 de febrero de 2006, fue aprobada la tramitación en régimen de evaluación individualizada de las solicitudes de ayuda de la presente convocatoria.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones del año 2006 a clubes deportivos para la participación en competiciones deportivas oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional, que se incluyen como Anexo 1.º a la presente Orden Foral.

  2. Autorizar el baremo y los requisitos para la evaluación de las solicitudes presentadas en relación con esta convocatoria de subvenciones, que se incluye como Anexo 2.º a la presente Orden Foral.

  3. Aprobar un gasto de 1.331.000 euros (un millón trescientos treinta y un mil euros) con cargo a la Partida Económica 940002- 95110-4819-336102, denominada Ayudas a Entidades Deportivas, de los Presupuestos Generales de Navarra para 2006.

  4. Publicar la presente Orden Foral y sus anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarla al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de marzo de 2006._El Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, José Ignacio Palacios Zuasti.

ANEXO 1º

Bases

  1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a clubes deportivos inscritos en el Registro de Entidades deportivas de Navarra, que participen en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional no profesional durante 2005 y 2006.

    La finalidad de utilidad pública de estas ayudas viene determinada por su contribución a la promoción y extensión de la práctica deportiva entre la población navarra.

    Las subvenciones se tramitarán por el régimen de evaluación individualizada y se destinarán a sufragar parcialmente los gastos ocasionados por la participación de equipos y deportistas, de clubes deportivos, en competiciones contempladas en los calendarios oficiales de las Federaciones deportivas españolas e internacionales, y otras competiciones que se consideren de especial interés por la Subdirección de Deporte. Sus participantes deberán ser mayores de 14 años, en edades menores deberán contar con la previa autorización de la Subdirección de Deporte.

    El Instituto Navarro de Deporte y Juventud podrá suscribir convenios de colaboración con aquellos clubes deportivos que, por sus características de funcionamiento, se consideren de interés especial. Dichos convenios de colaboración no tendrán otra finalidad que la mera formalización de las ayudas previamente reconocidas mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud en relación con la presente convocatoria pública. En estos convenios se establecerán las subvenciones para las competiciones objeto de esta convocatoria que se consideren de interés social y deportivo en sus correspondientes ámbitos. Basándose en los principios de colaboración, eficacia y eficiencia, podrá coordinarse con las subvenciones a clubes deportivos regidas por otras convocatorias, para que todas ellas figuren en un solo convenio de colaboración.

  2. Requisitos de los clubes.

    2.1. Estar inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra y adscritos a las Federaciones deportivas de Navarra correspondientes.

    En deportes de carácter individual, los deportistas podrán ser beneficiarios de ayudas siempre a través de sus clubes, siendo expedida su licencia a través de su Federación Navarra.

    En caso de que no exista Federación deportiva Navarra, los deportistas tramitarán su licencia directamente con la Federación Española a través de sus clubes, estando éstos adscritos a la Federación Española.

    2.2. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.

  3. Presentación de solicitudes.

    Las solicitudes de subvenciones, con la documentación correspondiente indicada en la Base Quinta e instancia general, se presentarán en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (calle Arrieta, número 25, 1.º), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de acuerdo a los siguientes apartados:

    3.1. Podrán presentar solicitud y recibir subvención para competiciones no finalizadas, mediante petición motivada, razonada y justificada de las necesidades de su proyecto deportivo, que se presentará en el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra los clubes siguientes:

    1. Los clubes deportivos cuyos equipos participen en el máximo nivel nacional de competición.

    2. Los clubes deportivos cuyos equipos participen en competiciones que por sus características deportivas o económicas sean considerados de especial interés, previa solicitud y aprobación por la Subdirección de Deporte, y los equipos que participen en alguna de las competiciones definidas de interés especial por la Subdirección de Deporte en el anexo 2.º, punto 1.3 A).

    3.2. El resto de clubes deportivos presentarán su solicitud en el plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la finalización de la actividad o competición en la que hayan participado. Se entiende como tal la última jornada o actividad donde su equipo o deportistas han competido y no otras fases o jornadas de su competición donde participan otros equipos o deportistas.

    3.3. Las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de esta Orden Foral se insertarán en el procedimiento administrativo de la misma.

  4. Documentación.

    4.1. Clubes con equipos en el máximo nivel nacional o de especial interés indicados en la Base 3.1.

    4.1.1. Solicitud:

    1. Impreso de solicitud, por cada equipo, según modelo que será facilitado por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud conforme al anexo 3.º

    2. Calendario oficial, reglamento y normativa tanto técnica como económica que regirá la competición, expedido y sellado por la Federación deportiva correspondiente.

    3. Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, así como frente a la Seguridad Social y por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

      4.1.2. Justificación:

      Al finalizar la competición, en el plazo de 30 días naturales desde la finalización de la actividad o competición donde hayan participado, entendiendo como tal la última jornada o actividad donde su equipo o deportistas han competido y no otras fases o jornadas de su competición donde participan otros equipos o deportistas:

    4. Impreso de solicitud (anexo 3.º).

    5. Fotocopias de las actas o resultados de las competiciones, o documento donde se constate la clasificación e identidad de los deportistas participantes.

    6. En su caso, solicitud de abono por transferencia.

    7. Cuenta justificativa de los gastos...

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