ORDEN FORAL 30/2008, de 31 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se crea un Comité de Expertos sobre Atención Podológica en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, dispone que la administración sanitaria debe orientar sus recursos y actuaciones a satisfacer el derecho a la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades y la atención sanitaria.

Dentro de este concepto integral de la salud, debe procurarse el acceso a la atención podológica para aquellas personas que puedan beneficiarse de una actuación preventiva.

Un cuidado adecuado de los pies en personas de riesgo ha demostrado reducir el número de amputaciones y mejorar la autonomía de las personas afectadas.

De cara a ampliar la cartera de servicios del Servicio Navarro de Salud, incluyendo en la misma la atención podológica, debemos definir cual es la población que puede beneficiarse de forma costo-efectiva de un programa de atención podológica.

En su virtud, de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud, sobre estructuración de la Asesoría científico-técnica en materia de salud,

ORDENO:

  1. Se crea el Comité de Expertos en Atención Podológica, adscrito a la Dirección General de Salud, para las siguientes funciones:

    a.-Analizar la necesidad de la inclusión de la atención podológica en la cartera de servicios del Servicio Navarro de Salud.

    b.-Definir los criterios clínicos de "pie de riesgo".

    c.-Definir la "población de riesgo" que puede beneficiarse de una acción preventiva.

    d.-Elaborar un protocolo de indicaciones para el acceso a la asistencia podológica.

    e.-Concretar las actividades y prestaciones sanitarias que deben ser cubiertas.

    f.-Proponer un circuito de atención para las personas con "pie de riesgo".

    g.-Cuantas otras sean encomendadas por el órgano competente de cara a mejorar la organización, actividad, resultados y calidad de las prestaciones en esta materia.

  2. El Comité de Expertos tendrá la siguiente composición:

    -La Directora de la Agencia Navarra de la Salud.

    -La Directora de Atención Primaria.

    -El Jefe de Servicio de Angiología y Cirugía Vascular del Hospital de Navarra.

    -El Jefe de Servicio de Endocrinología del Hospital de Navarra.

    -El Jefe de Servicio de Medicina Interna del Hospital Virgen del Camino.

    -El Jefe de Servicio de Medicina Preventiva y Gestión de la Calidad Hospitalaria del Hospital de Navarra.

    -La Jefa de Servicio de Enfermería de la Dirección del Area de Salud de...

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