ORDEN FORAL 1/2009, de 12 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se somete a información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, el Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 61 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, establece la posibilidad de que el Consejero competente pueda someter a información pública los proyectos de normas reglamentarias, siempre que la índole de la norma así lo aconseje.

Mediante la Orden Foral 417/2008, de 20 de noviembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se ha ordenado el inicio del procedimiento para la elaboración del proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia.

El informe del Servicio de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia, de la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo, pone de manifiesto la necesidad de someter a información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, el Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia, a fin de garantizar una mayor publicidad del mismo y, por tanto, una mayor participación ciudadana en su elaboración.

En consecuencia, a tenor de las atribuciones conferidas por la Ley 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente y la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia,

ORDENO:

  1. Someter a información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, el Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia.

  2. Conceder un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, del citado proyecto de Decreto Foral, para que todas las partes interesadas puedan efectuar, ante el Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, las alegaciones que estimen procedentes.

Pamplona, 12 de enero de 2009.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO

PROYECTO DE DECRETO FORAL por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, en su artículo 44 establece que la Comunidad Foral de Navarra tiene competencias exclusivas en materia de protección de menores.

La Disposición Adicional sexta de la Ley Foral 15/2005 de 5 de diciembre, de Atención, Promoción y Protección a la Infancia y Adolescencia del Deporte de Navarra, dispone que se crearán Consejos de Atención a la Infancia y Adolescencia con la participación de los Departamentos implicados, entidades locales, profesionales, políticos, asociaciones, padres y madres, niños y adolescentes.

La Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, regula el régimen general de los órganos colegiados de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, en sesión de Gobierno de fecha de 2008, y tras el informe favorable del Consejo de Navarra, aprueba el siguiente

DECRETO:

Artículo único Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia, cuyo texto se inserta a continuación del presente Decreto Foral.

Disposición Final Primera.- Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Se faculta a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para desarrollar y ejecutar este Decreto Foral.

Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, ......... El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículos 1 a 5
Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto Foral regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia.

Artículo 2 Fines.

Son fines del Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia:

  1. Promover la existencia de un foro de debate cualificado y con representatividad social en materia de la protección del menor.

  2. Promover la participación e interacción social en la configuración de la política general en materia de protección del menor.

Artículo 3 Naturaleza.

El Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia es un órgano colegiado de consulta y asesoramiento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en materia de protección del menor.

Artículo 4 Adscripción Orgánica.

El Consejo de Atención a la Infancia y Adolescencia estará adscrito orgánicamente al Departamento competente en materia de protección del menor de la Administración de la...

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