ORDEN FORAL 3104/1996, de 15 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra, por la que se establece el procedimiento de concesión de ayudas relativas a acciones de formación en materia de transportes.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Existiendo en el vigente Presupuesto de Gastos para 1996 una partida denominada "Apoyo a actuaciones de formación en el sector del transporte" es necesario, según informa el Servicio de Transportes, establecer una convocatoria a través de una disposición que regule los beneficiarios, requisitos para acceder a las ayudas y el procedimiento para su concesión.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas a los Consejeros, por el artículo 36.2.d), de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Primero.-Objeto.

El objeto de la presente Orden Foral es el establecimiento del procedimiento de concesión de ayudas relativas a acciones de formación en materia de transportes llevadas a cabo en 1996.

Quedarán excluidas de la presente convocatoria las actividades de formación que estén subvencionadas por cualquier Organismo o Institución Pública.

Segundo.-Beneficiarios.

Serán beneficiarios de estas ayudas las asociaciones del sector de transportes legalmente constituidas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Tercero.-Solicitudes.

Las Asociaciones que pretendan beneficiarse de las ayudas establecidas en la presente Orden Foral presentarán su solicitud en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de quince días naturales desde la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, acompañando la siguiente documentación relativa a los cursos de formación:

-Memoria.

-Lugar, fecha y duración del curso.

-Número de alumnos.

-Presupuesto.

En cualquier momento, el Servicio de Transportes podrá requerir del solicitante cuanta información y documentación complementaria (identidad de la asociación o su representante, implantación en Navarra, etc...) estime necesaria para la adecuada resolución de la solicitud presentada.

Cuarto.-Resolución.

El Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, resolverá sobre las solicitudes presentadas, previo informe del Servicio de Transportes, en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El importe de la ayuda será como máximo de un 50 por ciento del coste del mismo, fijándose el porcentaje en atención a las solicitudes presentadas y al importe de las mismas.

Quinto.-Abono de la ayuda.

Los beneficiarios de las ayudas, en orden a la liquidación de la mismas, a la conclusión de los cursos, y en todo...

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