ORDEN FORAL 215/2000, de 8 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se inicia el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto Canal de Navarra: Tramo 3.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 215/2000, de 8 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se inicia el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto Canal de Navarra: Tramo 3.

El Gobierno de Navarra, en Acuerdo de 28 de diciembre de 1998, BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 7, de 15 de enero de 1999, declaró Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal el proyecto del Canal de Navarra y la Transformación de sus Zonas Regables, y sometió el mismo a información pública y a audiencia de las Entidades Locales de los términos afectados por el proyecto, conjuntamente con el Estudio de Impacto Ambiental, por plazo de dos meses.

Por su parte, la tramitación de la información pública por la Administración del Estado de los proyectos constructivos de la primera fase del Canal de Navarra, y el proyecto de trazado de la segunda fase del Canal de Navarra, conjuntamente con el Estudio de Impacto Ambiental, se realizó de forma simultánea y por el mismo periodo, mediante nota-anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en BOLETIN OFICIAL de Navarra el día 15 de enero de 1999, así como en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos afectados por la ejecución de las obras sometidas a información pública.

Por Orden Foral 558/1999, de 29 de abril, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 59, de 12 de mayo) se formuló la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Canal de Navarra y la Transformación de sus Zonas Regables.

Mediante acuerdo del Gobierno de Navarra de 7 de junio de 1999, BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 81, de 30 de junio, se resolvieron las alegaciones presentadas, y se aprobó el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Canal de Navarra y la Transformación de sus Zonas Regables y se declaró el proyecto de utilidad pública a efectos expropiatorios. Posteriormente, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 140, de 8 de noviembre de 1999, se publicó el Acuerdo de Gobierno de fecha 25 de octubre de 1999 por el que se subsanaron los errores detectados en el Acuerdo de 7 de junio de 1999.

Con fecha 19 de octubre de 1998 la Comunidad Foral de Navarra y el Ministerio de Medio Ambiente firmaron el Convenio de Colaboración para la ejecución del Canal de Navarra. Posteriormente el Gobierno de Navarra, en su sesión del día 7 de junio de 1999, aprobó la actualización de su aportación económica y acordó la autorización del gasto plurianual correspondiente, entre los años 1999 y 2014, para el desarrollo del citado Convenio. Dicho gasto plurianual se efectuaría con cargo a la partida 61310-6014-3-5123 "Canal de Navarra", línea 96002-7 del Presupuesto de Gastos de 1999 del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, así como a las partidas que para este fin se destinen en los Presupuestos Generales de Navarra correspondientes a los ejercicios del 2000 al 2014, ambos inclusive.

De conformidad con lo establecido en el apartado tercero del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y la Comunidad Foral de Navarra de 19 de octubre de 1998, el Gobierno de Navarra debe poner a disposición del Ministerio de Medio Ambiente los terrenos afectados por las obras.

Con fecha 1 de diciembre de 1999, la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio del Canal de Navarra acordó el establecer la programación de ejecución de las primeras obras del Canal de Navarra, estableciendo como primeras actuaciones las correspondientes al Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2, y Balsa de Regulación de Monreal, así como una posterior e inmediata actuación correspondiente al Tramo 3, es decir el conjunto de obras del Canal de Navarra para su construcción desde Aoiz/Villaveta hasta Tiebas.

En sendos Acuerdos del Gobierno de Navarra de fecha 13 de diciembre de 1999, se ratificó lo acordado por la Comisión Paritaria en su sesión de 1 de diciembre y se encomendó al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones la tramitación del procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del Canal de Navarra: Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2, Balsa de Regulación de Monreal y Tramo 3 y se autorizó la adquisición del compromiso de gasto correspondiente.

Por Orden Foral 4623/1999, de 22 de diciembre se inició el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto Canal de Navarra: Tramo 1, Balsa de Regulación de Villaveta, Tramo 2 y Balsa de Regulación de Monreal.

En consecuencia, debe disponerse a la mayor brevedad de los terrenos afectados por las obras contempladas en el mencionado proyecto para la ejecución del Tramo 3, que pueden obtenerse mediante el procedimiento de expropiación forzosa.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Iniciar la tramitación del procedimiento de expropiación...

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