ORDEN FORAL 1049/1999, de 30 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba provisionalmente la modificación de la concesión Añorbe-Aizoáin (expediente número 33).

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1049/1999, de 30 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba provisionalmente la modificación de la concesión Añorbe-Aizoáin (expediente número 33).

Mediante Orden Foral 1438/1998, de 15 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se aprobó de forma provisional la unificación de las concesiones Añorbe-Pamplona y Etxaleku-Pamplona.

Resuelta la fase de información pública, por Orden Foral 3773/1998, de 7 de septiembre, se aprobó definitivamente la referida unificación, adjudicándose la concesión resultante Añorbe-Aizoáin, con hijuela Artica (Expediente número 33), a la empresa La Montañesa, S.A.L.

La Disposición Adicional Segunda de la Ley Foral 8/1998, de 1 de junio, del transporte regular de viajeros en la Comarca de Pamplona, establece que quedan afectadas por lo dispuesto en la misma las concesiones Añorbe-Pamplona y Etxaleku-Pamplona, en cuanto al itinerario comprendido dentro del ámbito delimitado en el artículo 3.

En informe de 23 de marzo de 1999, el Servicio de Transportes indica que con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Foral 8/1998, y teniendo en cuenta que dentro del ámbito delimitado en el artículo 3, no se incluyen los municipios de Añorbe, Ucar, Biurrun, Campanas, Tiebas y Oriz, para la ejecución del transporte comarcal se hace necesario modificar la concesión Añorbe-Aizoáin suprimiendo el itinerario entre Añorbe-Biurrun-Beriáin.

No obstante lo cual, con objeto de no privar de servicios de transporte a los municipios de Añorbe, Ucar, Biurrun, Campanas, Tiebas y Oriz, y en tanto no se establezca una fórmula definitiva para su prestación, la empresa "La Montañesa, S.A.L." seguirá realizando todos los servicios que en relación con dichos municipios se contemplan en el actual Pliego de Bases de la concesión, en virtud de autorización administrativa otorgada por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, hasta la puesta en marcha de la red de transporte comarcal.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, en uso de las facultades que este Departamento tiene conferidas por el Decreto Foral 150/1984, de 27 de junio,

ORDENO:

Primero.-Aprobar de forma provisional la modificación de la concesión Añorbe-Aizoáin.

Segundo.-Someter a información pública el pliego de bases modificado, que figura como Anexo a la presente Orden Foral, por...

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