ORDEN FORAL 1422/1998, de 7 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente el 'Proyecto de acceso al Señorío de Zuasti desde la carretera N-240-A' y se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1422/1998, de 7 de abril, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente el "Proyecto de acceso al Señorío de Zuasti desde la carretera N-240-A" y se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados.Boletín Oficial de Navarra Número 47 - Fecha 20/04/1998

Por Orden Foral 3965/1997 de 17 de septiembre se aprobó técnicamente el "Proyecto de acceso al Señorío de Zuasti desde la carretera N-240-A" y se sometió a información pública con la relación de bienes y derechos afectados durante un periodo de 20 días.

En el plazo para presentar alegaciones se han recibido de, Autopistas de Navarra, S.A., don Javier Pérez Lerga y Ayuntamiento de la Cendea de Iza, las que a continuación se transcriben y contestan:

-Autopistas de Navarra, S.A., solicita que se le incluya en la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados como propietaria de una parte de la parcela ZU-12 afectada y como Beneficiaria de otra parte de la misma.

A respecto se manifiesta que revisado el proyecto por su redactor, se ha detectado que la finca ZU-12, parcela 15 del polígono 12, no se ve afectada.

-Don Javier Pérez Lerga alega no ser el propietario de la parcela 222, sino gestor de la misma y solicita que se construya un pequeño murete para evitar que el talud afecte por 20 cm. una línea de chopos.

El alegante no dice quien es el propietario por lo que, dado se condición de gestor y dado que es el titular catastral, procede citarle al levantamiento de actas previas, momento en el que deberá aportar documentos acreditativos de la titularidad de la finca. En cuanto a los chopos, se procurará su conservación si, como dice el alegante, los afecta por 20 cm.

-El Ayuntamiento de la Cendea de Iza alega sobre posibles errores observados, como la afección de la finca ZU-13 y la no inclusión de las parcelas 14, 24 y 25 del polígono 12.

En relación a la finca ZU-13, con una afección prevista de 15 m.2, se desafecta por no ser necesaria su ocupación.

Respecto a las parcelas 14, 24 y 25, el proyecto no contempla la necesidad de ocupar terrenos de la parcela 24 porque la construcción de la carretera la prevé realizar al este del camino existente. Sí es necesario ocupar 40 m.² en la parcela 25 de doña María Manuela Arraiza Jaurrieta y 90 m.² en la parcela 14 de don Vidal Anocíbar Huarte, incluyendo dichos bienes en la relación de afecciones.

Por los servicios...

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