ORDEN FORAL 51/2007, de 8 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establece el procedimiento para comunicar la instalación de jóvenes agricultores, el inicio de inversiones en explotaciones agrarias y para la transformación y comercialización de productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 51/2007, de 8 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establece el procedimiento para comunicar la instalación de jóvenes agricultores, el inicio de inversiones en explotaciones agrarias y para la transformación y comercialización de productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013.

El Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) establece las normas generales que regulan la ayuda comunitaria al desarrollo rural financiada por el Feader.

En el marco de este Reglamento comunitario la Administración de la Comunidad Foral de Navarra está elaborando el Programa de Desarrollo Rural para el periodo 2007-2013. Este Programa debe ajustarse al Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013, que debe determinar el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Una vez elaborado este Programa, que será remitido a la Comisión Europea para su aprobación, se publicarán en el primer cuatrimestre de 2007 las bases reguladoras de las diferentes ayudas contempladas en el mismo.

En las bases reguladoras se determinarán los elementos configuradores de cada ayuda, de conformidad con los reglamentos comunitarios de aplicación y con la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Entre estos elementos se encuentra el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.

No obstante, dado que conforme con el artículo 71 del citado Reglamento (CE) 1698/2005, los gastos que podrán beneficiarse de la contribución del Feader son las ayudas abonadas a partir del 1 de enero de 2007, resulta oportuno, en tanto no entren en vigor las normas reguladoras de las ayudas a la instalación de jóvenes agricultores, modernización de explotaciones agrícolas y para la transformación y comercialización de los productos agrícolas, establecer el procedimiento para que los agricultores y empresas puedan comunicar la fecha en que van a realizar su instalación o iniciar el proyecto de inversión, a fin de que se pueda tener constancia de las mismas y, en su caso, levantar la pertinente acta previa de no iniciación.

Esta medida tiene...

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