ORDEN FORAL 280/1996, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se resuelve la prórroga y modificación, en su caso, de los conciertos educativos del primer ciclo de E.S.O. y suscripción de los de segundo ciclo de E.S.O. con los centros de iniciativa social que se indican.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 280/1996, de 28 de junio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se resuelve la prórroga y modificación, en su caso, de los conciertos educativos del primer ciclo de E.S.O. y suscripción de los de segundo ciclo de E.S.O. con los centros de iniciativa social que se indican.Boletín Oficial de Navarra Número 101 - Fecha 21/08/1996

Mediante la Orden Foral 371/1995, de 13 de junio, se resolvió la suscripción de los conciertos educativos en primer ciclo de E.S.O. pero condicionada su duración, según la normativa vigente, a la autorización de funcionamiento que lograra cada centro.

Por las razones descritas en la parte expositiva de la Orden Foral 60/1996, de 22 de febrero, se autorizó, con carácter excepcional, a impartir las enseñanzas del primer ciclo de E.S.O. durante 1995/96 y 1996/97 a aquellos centros que está atendiendo la escolarización real y en consecuencia el concierto suscrito resuelto mediante la Orden Foral 371/1995, era en todos los casos para una duración de un curso, el 1995/96.

La Orden Foral 60/1996 regula la prórroga por un año del concierto educativo vigente en el curso 1995/96 para el primer ciclo de E.S.O. y la suscripción de concierto para el segundo ciclo de E.S.O.

Vistas las solicitudes de prórroga y modificación, en su caso, y de suscripción de concierto formuladas por los centros docentes de iniciativa social, cumplidos los trámites previstos en la Orden Foral 60/1996, de 22 de febrero, de conformidad con el artículo 3 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos y según lo previsto en el Decreto Foral 153/1994, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el nuevo calendario de aplicación de las enseñanzas contenidas en la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

En virtud de las facultades conferidas e el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

DISPONGO:

  1. 1. Aprobar la prórroga y modificación, en su caso, del concierto educativo de primer ciclo de E.S.O. con los centros docentes privados que se relacionan en el anexo de esta Orden Foral, en los términos incluidos en el mismo.

    1. Aprobar la suscripción del concierto educativo de segundo ciclo de E.S.O. con los centros docentes privados que se relacionan en el anexo de esta Orden Foral, en los términos incluidos en el mismo.

  2. La diferencia entre el número de unidades solicitadas y el...

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