ORDEN FORAL 553/20009, de 27 de noviembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 50/2009, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las ayudas agroambientales en zonas esteparias.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Reglamento (CE) número 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece un régimen comunitario de ayudas agroambientales cofinanciadas con dicho Fondo.

El Plan de Desarrollo Rural para el periodo 2007-2013 fue aprobado por el Comité de Desarrollo de la Comisión con fecha 20 de noviembre de 2007 y en él figuran, entre las medidas agroambientales, las Ayudas Agroambientales en Zonas Esteparias.

Por Orden Foral 50/2009, de 9 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las Ayudas Agroambientales en Zonas Esteparias.

En el marco de las consultas habidas entre las diversas Secciones del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente se considera necesaria la modificación de alguna de las normas que regulan la ayuda.

En concreto se quiere fijar la fecha de levantamiento de restos de cultivo de campaña en el 15 de septiembre, independientemente de ser labor de preparación de siembra o no, persiguiendo objetivos tales como mejorar la estructura del suelo, garantizar una oferta temporal de pasto a disposición del ganado en épocas en las que los pastizales se agostan, disponer de semillas y fauna invertebrada para la alimentación de las especies esteparias, así como proporcionar lugares de refugio para estas aves. Dicha fecha se establece como fecha general para el levantamiento de todos los cultivos.

Se concretan la superficie a considerar para el cálculo de la concesión inicial y del cálculo anual de la ayuda como la superficie resultante de controles administrativos y de controles de campo. La superficie de la ayuda anual se define como la resultante de los ajustes a fin de que la misma cumpla con todos los requisitos.

Además se han cuantificado las reducciones y exclusiones por incumplimiento de requisitos y compromisos, modulando los incumplimientos en función de la importancia del mismo, la acumulación de incumplimientos y su reiteración.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único Modificación de la Orden Foral ...

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