ORDEN FORAL 200/2009, de 19 de mayo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación para titulados/as universitarios/as con destino en la Dirección General Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo propone la creación y posterior convocatoria, de una beca de formación para titulados/as universitarios/as en el Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y de esta forma contribuir eficazmente a la formación de jóvenes titulados/as.

En consecuencia, en virtud e las competencias que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de una beca de formación para titulados/as universitarios/as licenciados/as en Periodismo y/o Comunicación Audiovisual, con destino en la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, que figuran como anexo a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de doce mil novecientos sesenta euros (12.960 euros), que se imputará de la siguiente manera:

    -Seis mil cuatrocientos ochenta euros (6.480 euros) con cargo a la Partida Presupuestaria 900001 91400 4809 231000, denominada Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicaciones, del Presupuesto de Gastos de 2009.

    -Seis mil cuatrocientos ochenta euros (6.480 euros) con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos de 2010, condicionadas ambas a la disponibilidad presupuestaria en dichos ejercicios.

  3. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

  4. Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, al Servicio de Planificación e Infraestructuras, a la Sección de Información, al Negociado de Asuntos Administrativos de la Sección de Coordinación y Gestión Administrativa y al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria de la Secretaría General Técnica.

    Pamplona, 19 de mayo de 2009.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

    ANEXO

    Bases para la Convocatoria de una beca de formación parala Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo

    Base 1.-Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para licenciados/as en Periodismo y/o Comunicación Audiovisual con destino en la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

    La finalidad de la convocatoria es promover la formación de titulados/as universitarios/as, de modo que adquieran un conocimiento más directo en materia de información, comunicación y difusión de las políticas sociales que se llevan a cabo desde el Departamento.

    Base 2.-Disponibilidad Presupuestaria.

    El importe destinado a la presente convocatoria es de doce mil novecientos sesenta (12.960) euros, de las cuales seis mi cuatrocientos ochenta (6.480) euros se imputarán con cargo a la partida denominada "Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicaciones" del presupuesto de gastos de 2009" y seis mi cuatrocientos ochenta (6.480) euros con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos para el año 2010, condicionadas a la disponibilidad presupuestaria en dichos ejercicios.

    Base 3.-Duración.

    La duración de la beca será de un año y se extenderá desde el uno de julio de 2009 hasta el 30 de junio de 2010 o desde la fecha que se indique en la Resolución de concesión.

    No obstante, la duración podrá ser prorrogada por la Directora General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo hasta un máximo total de tres años entre el periodo inicial y las prorrogas. Estas sólo podrán concederse previa petición del/la tutora de la beca.

    Base 4.-Cuantía y abono de la beca.

    La beca estará dotada con doce mil novecientos sesenta (12.960,00) euros, que se abonará en periodos mensuales de 1.080 euros o en su parte proporcional si fuera el caso.

    Base 5.-Incompatibilidades.

    La beca de formación será incompatible con otras becas de la propia Administración y de otras Administraciones Públicas.

    Base 6.-Requisitos de los solicitantes.

    Únicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de edad.

    2. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la Ley de Circulación de Trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar...

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