ORDEN FORAL 32/2010 de 5 de febrero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la Carta de Servicios de Información a la Ciudadanía, de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Cartas de Servicios se conciben como un instrumento para la mejora y la modernización de las distintas Administraciones Públicas, a través de las cuales se incorporan compromisos voluntariamente adquiridos por las Administraciones Públicas, para una mejor prestación de sus servicios públicos, así como los indicadores que aseguren su cumplimiento.

Su creación, contenidos y funciones vienen establecidos en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. Dicha Ley establece que las Cartas de Servicios se elaborarán y gestionarán por cada órgano competente de la Administración, y su ámbito podrá ser toda la Administración u organismo o unidades inferiores de éstos, según se considere más adecuado.

El Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, regula las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. Por su parte, la Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, establece el diseño y la estructura que las Cartas de Servicios deben contener.

Corresponde al Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a Asuntos Sociales, así como el resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.

Dentro de este ámbito material de competencias del Departamento y, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios Sociales, se encuentra la de mejorar los niveles de calidad tanto en la prestación de los servicios sociales, como en la intervención de la Administración.

De ahí que, siguiendo los nuevos patrones de calidad de los servicios públicos, y en aplicación de la normativa referenciada, resulte necesario aprobar la Carta de Servicios de Información a la Ciudadanía, de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, como instrumento para que los ciudadanos/as, como usuarios/as de los servicios públicos, puedan conocer qué clase de servicios pueden demandar y cuáles con los compromisos de calidad que asume la Dirección General respecto del servicio solicitado.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3...

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