ORDEN FORAL 13/2008, de 14 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para el año 2008.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, en su artículo 6, apartado 1 establece que a la Administración Deportiva de la Comunidad Foral le corresponderá la planificación y ejecución de la política en materia deportiva del Gobierno de Navarra.

La citada Ley Foral, en su artículo 33. letra a), indica que la Administración deportiva de la Comunidad Foral podrá conceder subvenciones a las federaciones deportivas de Navarra, instrumentalizadas a través de acuerdos o convenios de colaboración, que establecerán las bases de las mismas.

Igualmente, esta misma Ley, en su artículo 42, apartado 1, establece como principal objeto de las federaciones deportivas de Navarra el de promover y desarrollar la práctica de las modalidades deportivas reconocidas en el ámbito de la Comunidad Foral y en el apartado 4 indica que, además de sus funciones propias, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración de la Comunidad Foral.

Finalmente, en el artículo 50 de esta Ley se establece que la Administración Deportiva de la Comunidad Foral podrá suscribir Convenios de colaboración, de naturaleza jurídico-administrativa, con las Federaciones Deportivas de Navarra, en orden al desarrollo de las funciones que a las mismas les corresponden.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, estableciendo en su artículo 17.1 la posibilidad de concesión de subvenciones mediante el régimen de evaluación individualizada, en casos justificados y autorizados por el Gobierno de Navarra.

En este sentido, con fecha 10 de diciembre de 2007 el Gobierno de Navarra ha autorizado la tramitación en régimen de evaluación individualizada de la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para el año 2008.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2007,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra para el año 2008, cuyo texto íntegro se adjunta en el Anexo I de esta Orden Foral.

  2. Aprobar los criterios y el baremo a utilizar para resolver la convocatoria anteriormente citada para el año 2008, incluidos como Anexo II de esta Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto de 1.847.150 euros para hacer frente a esta convocatoria de Subvenciones con cargo a las siguientes Partidas Económicas:

    1.450.000 euros con cargo a la Partida Económica 940002 95120 4819 336100, denominada "Subvenciones a Federaciones".

    357.000 euros con cargo a la Partida Económica 940002 95120 4819 336103, denominada "Centros de Tecnificación deportiva".

    40.150 euros con cargo a la Partida Económica 940002 95120 7819 336100, denominada "Equipamiento de las Federaciones deportivas".

    Todas ellas de los Presupuestos Generales de Navarra para 2008, o de partidas análogas que dichos Presupuestos aprueben con este fin. La concesión de subvenciones quedará condicionada, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente para este fin en el ejercicio 2008.

  4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Notificar esta Orden Foral al Instituto Navarro del Deporte, a la Subdirección de Deporte, y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en este Departamento, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 14 de enero de 2008.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a las federaciones deportivas de Navarra para el año 2008

Base 1.ª

Objeto.

El objeto de esta normativa es la concesión de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra, subvenciones que se formalizarán a través de la suscripción de Convenios de colaboración entre el Instituto Navarro del Deporte y las Federaciones Deportivas de Navarra para el año 2008.

Base 2.ª Fin de utilidad pública o social.

El fin de utilidad pública o social viene determinada por la necesidad de apoyar a las Federaciones Deportivas en el cumplimiento de sus funciones, tal y como viene explicitado en la Ley Foral 15/2001, del Deporte de Navarra.

Base 3.ª Requisitos de las Federaciones.

Los requisitos necesarios por parte de las Federaciones Deportivas para recibir las ayudas, son los siguientes:

  1. Estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra.

  2. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, así como frente a la Seguridad Social.

  3. Llevar un régimen de contabilidad de acuerdo al Plan General Contable adaptado a las Federaciones Deportivas de Navarra, aprobado por la Orden Foral 91/2003, de 12 de diciembre, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

  4. Tener contratado un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de las actividades organizadas por las Federaciones, tanto para la entidad como tal, como para las personas pertenecientes a la misma cuando actúan en su representación (directivos y empleados).

    Base 4.ª Conceptos subvencionables:

    Se podrán solicitar ayudas por los siguientes conceptos:

  5. Gastos de Administración.

  6. Gastos de personal propio.

  7. Participación en competiciones nacionales.

  8. Organización de competiciones nacionales e internacionales.

  9. Actividades de ámbito navarro.

  10. Actividades de promoción.

  11. Actividades de formación.

  12. Tecnificación y programas de selecciones navarras.

  13. Equipaciones e indumentarias deportivas.

  14. Otro tipo de equipamiento.

    Base 5.ª Presentación de solicitudes y documentación.

    1. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Instituto Navarro del Deporte, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

    2. La solicitud deberá ir dirigida al Instituto Navarro del Deporte, indicando en la misma "para la Convocatoria de Subvenciones a las Federaciones Deportivas de Navarra".

    3. El plazo para la presentación de solicitudes es el siguiente:

  15. En los 30 días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  16. Excepcionalmente, las Federaciones Deportivas que no hayan podido, presentar la solicitud en el plazo anterior, podrán presentarlas antes del 30 de junio de este año. En este supuesto, la concesión de la subvención solicitada estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario.

    1. La solicitud se acompañará de los siguientes documentos:

  17. Documentación acreditativa de estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, así como frente a la Seguridad Social.

  18. Proyecto anual de actividades (fichas de actividades y de personal), y presupuesto detallado de acuerdo al Plan General de Contabilidad adaptado a las Federaciones Deportivas de Navarra, aprobado por la Asamblea General de la Federación, con arreglo a los modelos establecidos desde el Instituto Navarro del Deporte. En el caso de que en la fecha de presentación de la documentación no se hubiera celebrado la Asamblea General, la citada documentación deberá presentarse aprobada por la Junta Directiva de la Federación, y con el compromiso de presentar la aprobación por parte de la Asamblea General en el plazo de 15 días desde su celebración.

  19. Impreso de composición de los Comités Federativos, de los Cuadros de licencias y clubes, de datos generales de la federación, y de la contratación de personal y seguros.

  20. Fichas de tecnificación y de formación.

  21. Impreso de solicitud de equipamiento.

  22. Impreso de solicitud de equipaciones e indumentarias.

    Base 6.ª Ordenación e instrucción.

    1. La unidad orgánica competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las presentes ayudas económicas será la Sección de Federaciones y Juegos Deportivos de Navarra del Instituto Navarro del Deporte.

    2. La unidad orgánica contará con la colaboración de un T.A.P. Rama Jurídica, que comprobará, por un lado, que los solicitantes han presentado la documentación exigida en la convocatoria y, por otro, que el procedimiento y la valoración efectuada por la unidad orgánica competente para la ordenación e instrucción se ajusta a la misma, mediante el oportuno informe.

    3. Si la documentación aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria, la Entidad será requerida para que, en un plazo de 10 días hábiles, complete la...

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