ORDEN FORAL 113/2010, de 10 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2010-2013 y se aprueba la convocatoria para el año 2010.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra viene impulsando una política agraria que incluye el desarrollo sostenible del medio rural para su promoción efectiva. Este desarrollo rural no puede ser homogéneo para toda la geografía foral lo que ha originado diferentes políticas de ordenación y fomento económico para las distintas zonas dentro del mapa navarro.

Los objetivos planteados en el Plan Estratégico para la Agricultura Navarra aprobado en 2006, especialmente en el Eje estratégico 1 "Estructuras e infraestructuras agrarias", en el que se articula el Objetivo 1.3 "Consolidación y mejora de la estructura" que integra las líneas de actuación y medidas de apoyo a la mejora de pastos e infraestructuras ganaderas se contemplan en las actuaciones previstas en esta Orden Foral.

Asimismo, las actuaciones acogidas dentro de estas ayudas se encuentran encuadradas en la Acción "Infraestructuras locales ganaderas" dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 en el Eje 1 "Aumento de la competitividad de la agricultura y silvicultura" y en la Medida "Mejora y desarrollo de infraestructuras relacionadas con el desarrollo y adaptación de la agricultura y silvicultura", aprobado por el Comité de Desarrollo de la Comisión con fecha 20 de noviembre de 2007.

Dicha medida se aplica en Navarra en virtud de la Orden Foral 145/2009, de 25 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2009-2013.

Tras la aplicación de la medida durante los años 2007, 2008 y 2009 el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, con el fin de cumplir con la directrices del FEGA, mejorar la gestión de la medida y la eficacia las ayudas, considera conveniente derogar la Orden Foral 145/2009, de 25 de marzo, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2009-2013, se aprueba la convocatoria para el año 2009, y se concede directamente al Ayuntamiento de Cortes una subvención de 100.000 euros, para la construcción de apriscos ganaderos en esta localidad.

Las modificaciones más significativas afectan a las siguientes cuestiones:

  1. Posibilidad de presentar la solicitud junto con sus documentos de forma telemática.

  2. Contenido mínimo de los proyectos y memorias técnicas.

  3. Módulos de referencia para comprobar la moderación de costes de las inversiones solicitadas.

  4. Modelo de certificado para que el Secretario de la Entidad Local justifique que se han cumplido las disposiciones que son de aplicación en materia de contratación pública, y los criterios de eficiencia y economía exigidos por la normativa subvenciones.

  5. Sistema de reducciones, exclusiones, y graduación por menor ejecución en las solicitudes de pago de las inversiones y para los compromisos de cumplimiento diferido.

  6. Anexos relacionados con las modificaciones anteriormente descritas.

Mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra, de 18 de enero de 2010, se ha autorizado el gasto plurianual, para los años 2010 y 2011, destinado a financiar ayudas a infraestructuras ganaderas.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único Aprobar las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 20010-2013, que figuran en el Anexo I de la presente Orden Foral.
Disposición Adicional Primera.- Convocatoria para el año 2010.

Aprobar la convocatoria de las ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas para el año 2010. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden Foral.

Disposición Adicional Segunda.- Créditos presupuestarios.

Autorizar un gasto de 2000.000 euros, que se imputará de la siguiente manera: 1.000.000 euros con cargo a la partida 720001-72120-7609-414304 "Ayudas a infraestructuras ganaderas PDR (FEADER)" del presupuesto del año 2010, y 1.000.000 euros con cargo a la partida correspondiente del presupuesto del 2011, con arreglo a la siguiente distribución:

  1. Actuaciones realizadas por entidades locales enclavadas en zonas de montaña o en municipios en recesión: 1.880.000,00 euros; 940.000,00 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2010, y 940.000,00 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2011.

  2. Actuaciones realizadas por el resto de entidades locales: 120.000 euros; 60.000 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2010 y 60.000 euros con cargo al Presupuesto de Gastos de 2011.

Disposición Adicional Tercera.- Recursos.

Contra la presente Convocatoria cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En el caso de Administraciones Públicas, contra la Convocatoria podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición Derogatoria Única.- Disposiciones que se derogan.

Se deroga la Orden Foral 145/2009, de 25 de marzo, por la que se establecen las normas que regirán la concesión de ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el periodo 2009-2013, se aprueba la convocatoria para el año 2009, y se concede directamente al Ayuntamiento de Cortes una subvención de 100.000 euros, para la construcción de apriscos ganaderos en esta localidad, salvo para los expedientes de ayudas concedidas al amparo de la misma a los que les será de aplicación.

Disposición Final Única.- Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 10 de marzo de 2010.-La Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

ANEXO I Artículos 1 a 16

Normas por las que se regulan las ayudas a la mejora de las infraestructuras locales ganaderas durante el período 2010-2013

Artículo 1 Objeto y finalidad.

La presente Orden Foral tiene por objeto establecer las normas reguladoras de las ayudas a las infraestructuras locales ganaderas, con la finalidad de apoyar la promoción de infraestructuras y equipamientos de titularidad y uso público que guarden relación directa con la ganadería, para el periodo 2010-2013.

Artículo 2 Actuaciones subvencionables.

Serán subvencionables:

  1. La ejecución de inversiones en infraestructuras de suministro de agua relacionadas con la ganadería y la alimentación animal, tales como abrevaderos, balsas y otros. Quedan excluidos los embalses y obras que afecten a cursos fluviales.

  2. La creación y mejora de caminos públicos, cañadas y otras vías de comunicación a pastos o núcleos de explotaciones ganaderas, con la excepción del mantenimiento y mejora de los caminos ya realizados en actuaciones de concentración parcelaria cuya fecha de aprobación del acuerdo no supere los 25 años.

  3. La construcción de corrales municipales.

  4. La construcción de centros de desinfección o desinsectación de vehículos.

  5. La construcción o rehabilitación de edificaciones para equipamientos públicos de servicios directamente relacionados con la ganadería.

  6. La realización de instalaciones, dotaciones o infraestructuras al servicio de núcleos de explotaciones ganaderas, tales como electrificaciones, telefonía, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, gestión de residuos ganaderos animales u otros.

  7. Las infraestructuras y dotaciones ligadas a actuaciones de creación y mejora de pastizales en montes comunales tales como balsas, cierres, conducciones de agua, mangas y parrillas, etc. Quedan excluidas las ayudas a los trabajos de creación y mejora de pastizales tales como roturaciones, desbroces, siembras, abonados, enmiendas.

  8. Infraestructuras para desarrollo de certámenes y ferias de ganado.

  9. La adaptación de mataderos existentes a la normativa vigente.

Artículo 3 Importe de la subvención.
  1. El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente concederá a las Entidades solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en esta Orden Foral, las siguientes ayudas:

    1. En el caso de las Entidades Locales recogidas como zonas de montaña, en la Orden Foral de 15 de mayo de 2002 del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, o las pertenecientes a la lista de municipios en recesión, que figura en el Anexo V de esta Orden Foral, el 60% de la inversión subvencionable. El importe máximo de la subvención por Entidad Local será de 180.000 euros.

    2. Para el resto de las Entidades Locales, el 40% de la inversión subvencionable. El importe máximo de la subvención por Entidad Local será de 50.000 euros.

    3. En el caso de inversiones mancomunadas, en las que participen varias Entidades Locales y mas del 50% de la...

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