ORDEN FORAL 30/2001, de 15 de marzo, de la Consejera de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se regulan las Ayudas para la mejora de la Competitividad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

prestará especial atención, y serán prioritarias las acciones en que dos o más organizaciones colaboren buscando una complementariedad de competencias.


ARTÍCULO 4 Solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 17 de mayo de cada ejercicio.

La concesión de ayudas a las solicitudes presentadas con posterioridad a esta fecha, queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio y a la posibilidad de acometer y finalizar la actuación dentro del mismo.

La solicitud se dirigirá al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo, y se presentará en el Registro del mismo (Parque de Tomás Caballero, 1, de Pamplona), o en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud constará de los siguientes documentos:

-Datos Generales (según formulario de solicitud).

-Datos de la Actuación (según formulario de solicitud).

-Breve memoria de la actuación que contendrá:

I) Objetivos (situación actual de la empresa, carencias que se pretenden corregir, adecuación a estos fines de la actuación propuesta).

II) Fases de la actuación.

III) Calendario de realización, incluyendo fechas previstas de inicio y fin (proyecto terminado y pagado).

IV) Presupuesto, desglosado por fases.

V) Datos de la entidad asesora.

VI) Currículum personal y dedicación de los asesores que realizan el trabajo propuesto.

-Oferta de la entidad asesora, si ya se dispone.

(El formulario de solicitud se facilitará en el Servicio de Innovación y Tecnología -Parque de Tomás Caballero, número 1, de Pamplona-, en las oficinas de información del Gobierno de Navarra -Avenida Carlos III, número 2, de Pamplona, y Plaza Vieja, número 1, de Tudela-, y también se podrán obtener de la red internet en la dirección http://www.cfnavarra.es/industria/areas/innotec/ aymej.htm.


ARTÍCULO 5 Evaluación.

Las solicitudes serán evaluadas por el Servicio de Innovación y Tecnología, que elevará su propuesta al Director General de Industria.

Para la evaluación se tendrá en cuenta:

-La calidad de la propuesta.

-La experiencia de la entidad asesora en la temática objeto de la solicitud.

-La dedicación del equipo asesor a la actuación objeto de la solicitud.

-La dimensión de la empresa.

-El carácter innovador de la propuesta para la empresa y/o sector.

-La adecuación de la...

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