ORDEN FORAL 183/2010, de 14 de octubre, de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se aprueba la Carta de Servicios del Servicio de Vivienda adscrito a la Dirección General de Vivienda y Ordenación del Territorio.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Las Cartas de Servicios se conciben como un instrumento para la mejora y la modernización de las distintas Administraciones Públicas, a través de las cuales se incorporan compromisos voluntariamente adquiridos por las Administraciones Públicas, para una mejor prestación de sus servicios públicos, así como los indicadores que aseguren su cumplimiento.

Su creación, contenidos y funciones vienen establecidos en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. Dicha Ley Foral establece que las Cartas de Servicios se elaborarán y gestionarán por cada órgano competente de la Administración, y su ámbito podrá ser toda la Administración u organismo o unidades inferiores de éstos, según se considere más adecuado.

El Decreto Foral 72/2005, de 9 de mayo, regula las Cartas de Servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. Por su parte, la Orden Foral 119/2005, de 11 de octubre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, establece el diseño y la estructura que las Cartas de Servicios deben contener.

Corresponde al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio ejercer la competencia exclusiva atribuida a la Comunidad Foral de Navarra por el artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, en materia de vivienda.

Dentro de este ámbito material de competencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.c) de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, la intervención administrativa del Departamento se ha de guiar por el principio de responsabilidad y control de la gestión y los resultados de las políticas públicas.

De ahí que, siguiendo los nuevos patrones de calidad de los servicios públicos, y en aplicación de la normativa referenciada, resulte necesario aprobar la Carta de Servicios del Servicio de Vivienda como instrumento para que los ciudadanos, como usuarios de los servicios públicos, puedan conocer qué clase de servicios pueden demandar y cuáles con los compromisos de calidad que asume el Servicio de Vivienda respecto del servicio solicitado.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el...

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