ORDEN FORAL 344/2010, de 16 de julio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 57/2005, de 23 de marzo, que regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas para el sector de forrajes desecados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Comunidad Europea en su ánimo de simplificar y flexibilizar todos los mecanismos de gestión de mercados, creó mediante el Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre, una organización común de mercados agrícolas, estableciendo disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM), con lo que se han sustituido los planteamientos sectoriales por un marco jurídico horizontal. Desde entonces, el sector agrario en general se ha visto inmerso en numerosos cambios y adaptaciones normativas y reguladoras, materializándose así las modificaciones aprobadas en el marco de la última reforma, "el chequeo médico de la política agrícola común". Por ello, es necesario un cambio en profundidad en lo que se refiere a la introducción paulatina desde 2010 hasta 2012 de todos los regímenes de ayudas acoplados a la producción dentro del régimen de pago único, entre los cuales se incluyen los forrajes desecados.

El artículo 23 del Reglamento (CE) 382/2005, de la Comisión, de 7 de marzo de 2005 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, sobre la organización común de mercado de los forrajes desecados, señala que los controles administrativos y sobre el terreno se practicarán de modo que se garantice una comprobación eficaz del cumplimiento de las condiciones de concesión de la ayuda.

Por otro lado, teniendo en cuenta el inminente desacoplamiento total de la ayuda a los forrajes desecados, proceso que ya comenzó con el desacoplamiento parcial en la campaña 2005/2006, se percibe una menor intensidad de la ayuda sobre el sector. Esta circunstancia, unida a la eficiencia constatada en los resultados de los controles efectuados en las últimas campañas, hace aconsejable modificar la Orden Foral 57/2005, de 23 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Además es necesario corregir el error advertido en el anexo III de la Orden Foral 57/2005 respecto al importe de la ayuda.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo único Modificación de la Orden Foral 57/2005, de 23 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR