RESOLUCION 506/2002, de 27 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante pruebas específicas, dos listados de aspirantes a Empleado de Servicios Múltiples para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

RESOLUCION 506/2002, de 27 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante pruebas específicas, dos listados de aspirantes a Empleado de Servicios Múltiples para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por Resolución, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante pruebas específicas, dos listados de aspirantes a Empleado de Servicios Múltiples para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con arreglo a las siguientes

B A S E S

  1. -Normas generales.

    Las bases y modelos de esta convocatoria pueden ser consultados o/y obtenidos en la siguiente página web: www.cfnavarra.es/snso/

    1.1. Se anuncia la convocatoria para constituir, mediante pruebas específicas, dos listados de contratación temporal de aspirantes a Empleado de Servicios Múltiples; uno de aspirantes con destino en cocina y otro de aspirantes para el resto de destinos.

    La constitución de cada una de las listas será objeto de un procedimiento independiente que se regirá por la presente convocatoria.

    1.2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el Acuerdo de 9 de enero de 2001, por el que se aprueba el Pacto suscrito por la Administración Sanitaria con las centrales sindicales AFAPNA, CEMSATSE, CC.OO., ELA, LAB, SAE y UGT, sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y demás normativa complementaria.

    1.3. Los aspirantes que resulten seleccionados podrán ser contratados de forma temporal en régimen administrativo.

  2. -Requisitos.

    2.1. Los aspirantes a Empleados de Servicios Múltiples con destino en cocina deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Hallarse en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente, o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

    2. Hallarse en posesión del Carnet de manipulador de alimentos.

    3. Tener la nacionalidad española, o la de otro Estado miembros de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, el derecho a participar se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    4. Haber cumplido 18 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    5. No hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

    6. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de sus funciones.

    7. Cumplir los requisitos específicos relativos a la modalidad de contratación a utilizar.

      2.2. Los aspirantes a Empleados de Servicios Múltiples para el resto de destinos deberán reunir los siguientes requisitos:

    8. Hallarse en posesión del Certificado de Escolaridad...

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