ORDEN FORAL 149/2003, de 20 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan el registro y el sistema de control para la producción ganadera integrada en Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 149/2003, de 20 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulan el registro y el sistema de control para la producción ganadera integrada en Navarra.

El Decreto Foral 253/2002, de 16 de diciembre, por el que se regula la producción ganadera integrada, define este sistema de producción ganadera, y entre otras cuestiones crea un registro en el que deberán inscribirse los distintos operadores e indica las obligaciones de los mismos, y que el control se llevará a cabo por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación a través de la sociedad Pública "Instituto de Calidad Agroalimentaria de Navarra, S.A.".

En esta Orden Foral se desarrolla el Decreto Foral 253/2002 en los aspectos referidos al registro y al sistema de control, en uso de la facultad contenida en la disposición final primera del mismo.

En su virtud, vista la propuesta que formula la Comisión Coordinadora para la Producción Ganadera Integrada y el Servicio de Ganadería.

ORDENO:

Artículo 1 º Registro Oficial de la Producción Ganadera Integrada.
  1. Podrán inscribirse en el Registro oficial de la Producción Ganadera Integrada los operadores, personas físicas o jurídicas que produzcan, y/o transformen productos ganaderos procedentes de la producción ganadera integrada, empleando técnicas acordes con este sistema de producción, según lo dispuesto en el decreto Foral 253/2002, de 16 de diciembre, y lo soliciten al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

  2. A la instancia de solicitud, los productores deberán acompañar la siguiente documentación:

    1. Acreditación de poseer conocimientos básicos mínimos de la producción ganadera integrada, o comprometerse a adquirirlos en plazo inferior a 1 año.

    2. Memoria en la que se detalle la actividad que se desee desarrollar y en la que se incluya, expresamente:

      _Medios de los que dispone para ejercer la actividad.

      _Organización de la actividad.

      _Censo ganadero y volumen de la actividad.

      _Croquis o plano de las instalaciones.

    3. Compromiso expreso de:

      _Realizar la producción atendiendo las indicaciones de los reglamentos técnicos específicos que hayan sido aprobados para el producto de que se trate.

      _Llevar los libros y registros que se exijan al efecto.

      _Someterse a las inspecciones y controles que se determinan en esta Orden Foral, permitiendo el libre acceso de los inspectores a los locales y lugares de la explotación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR