RESOLUCIÓN 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

El Consejo de Europa aprobó en el año 2001 el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, para su aprendizaje, enseñanza y evaluación, por lo que es obligado adecuar al mismo los diferentes sistemas de acreditación de conocimientos lingüísticos del vascuence y de los idiomas comunitarios.

La Orden Foral 18/2004, de 8 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, regula las pruebas específicas para la valoración de idiomas, a efectos de la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

El Decreto Foral 117/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, atribuye al Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios el diseño de los métodos de evaluación de la formación en vascuence y en idiomas de trabajo de la Unión Europea.

El objeto de la presente Resolución es establecer las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan los conocimientos del vascuence y de los idiomas comunitarios de conformidad con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, tanto las existentes en la actualidad como las que puedan incorporarse en el futuro previa valoración por parte del Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios.

En consecuencia,

HE RESUELTO:

  1. Establecer las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan los conocimientos del vascuence y de los idiomas comunitarios, a efectos de su utilización en las convocatorias de ingreso y de provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, exceptuadas las correspondientes al personal docente del Departamento de Educación.

  2. El conocimiento del vascuence, inglés, francés y alemán se valorará mediante la posesión de alguno de los títulos o certificaciones recogidos en el Anexo I de la presente Resolución, de conformidad con los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

  3. Los títulos o certificaciones que en un futuro reciban la consideración de acreditativos tendrán que estar avalados por la organización del Consejo de Europa «The Association of Language Testers in Europe (ALTE)», reconocida como entidad de carácter consultivo especial por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas u otros organismos de reconocida referencia.

    El Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública será el órgano encargado de valorar los títulos presentados y de resolver sobre su equivalencia o no a los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

  4. A los efectos de la aplicación de la presente Resolución, se adjunta como Anexo II la descripción de las competencias lingüísticas de cada uno de los niveles de conocimiento de idiomas.

    Pamplona, 13 de septiembre de 2010.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Títulos y certificaciones equivalentes a los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, referidos al vascuence, inglés, francés y alemán.

Vascuence

-Nivel A1:

Certificado de haber superado el Nivel 1 de Acreditaciones expedido por el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública.

Certificado de haber superado el examen del Nivel A1 de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

Certificado de 1er Curso expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o anterior a 2008).

Certificado de Nivel Básico 1 expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o posterior a 2009).

-Nivel A2:

Certificado de Nivel 2 de Acreditaciones expedido por el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública.

Certificado de haber superado el examen del Nivel A2 de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

Certificado de 2.º Curso expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o anterior a 2008).

Certificado de Nivel Básico 2 expedido por cualquier Escuela Oficial de Idiomas (con fecha igual o posterior a 2009).

-Nivel B1:

Certificado de Nivel 3 de Acreditaciones expedido por el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública.

Certificado de haber superado el examen del Nivel B1 de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

Certificado de...

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