ORDEN FORAL 18/2008, de 6 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se convocan las ayudas con cargo al Fondo de Cooperación establecido en el Convenio de Cooperación Transfronteriza entre el Gobierno de Navarra y el Consejo Regional de Aquitania.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El 9 de julio de 2000 se firmó un Convenio de Cooperación Transfronteriza entre los Presidentes del Consejo Regional de Aquitania y de la Comunidad Foral de Navarra.

En el artículo 2 del citado convenio se establece un Fondo de Cooperación con la finalidad de financiar proyectos que puedan ser de interés común para ambas regiones.

En desarrollo del convenio se ha creado la partida 123003-13100- 4709-145100 "Convenio de Cooperación Transfronteriza Aquitania-Navarra", del Presupuesto de gastos de 2008 con un disponible de 320.000 euros.

En su virtud y a propuesta del Servicio de Acción Europea,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas que el Gobierno de Navarra destina para proyectos de cooperación transfronteriza de personas físicas y jurídicas públicas o privadas de la Comunidad Foral de Navarra con personas físicas y jurídicas públicas o privadas de la Región de Aquitania (ID 643).

Artículo 2 Solicitantes.
  1. Para tener acceso a las ayudas, los solicitantes, que podrán ser personas físicas o personas jurídicas, públicas o privadas, deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Tratándose de personas jurídicas, tener el domicilio social en la Comunidad Foral de Navarra, y, si son personas físicas, ser residente en territorio foral. Las asociaciones constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con domicilio social fuera de la Comunidad Foral de Navarra, podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria si cuentan con una delegación en Navarra reconocida en sus estatutos.

    2. Presentar un copartícipe en el proyecto que tenga el domicilio en la Región de Aquitania.

    3. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  2. En el supuesto de que varios solicitantes presenten un único proyecto se exigirá:

    1. Detallar la participación de cada uno de ellos en el proyecto con el presupuesto correspondiente a su actuación.

    2. Un Acuerdo de Partenariado firmado por los cotitulares en el que se designe un representante o jefe de fila ante las administraciones y recoja un compromiso de éste para transferir los fondos correspondientes a los socios.

Artículo 3 Proyectos subvencionables.
  1. El presupuesto mínimo por proyecto será de 6.000 euros.

  2. Para poder tener acceso a la cofinanciación, los proyectos de cooperación presentados deberán cumplir los requisitos siguientes:

    1. Consistir en acciones que se desarrollen durante el año 2008 en uno o varios de los siguientes ámbitos o ejes:

      Uno.-Enseñanza Superior, Investigación y Centros Tecnológicos: Investigación aplicada y transferencia de tecnologías, intercambios de becarios e investigadores, y formación de co-diplomados.

      Dos.-Acción Económica-Innovación Tecnológica: Inversión en nuevas tecnologías (incluidas las NTIC: Nuevas Tecnologías de Información y Comunicación), fomento de la constitución de agrupaciones para la exportación, creación de nuevos productos industriales, cooperación industrial y desarrollo empresarial, fomento del desarrollo de la economía turística.

      Tres.-Desarrollo Sostenible e Infraestructuras: Dinamización, creación y mejora de infraestructuras, favorecer la gestión ambiental común y en integración social.

    2. Tener carácter bilateral reuniendo a uno o varios cooperantes en cada una de las Regiones.

    3. El período de elegibilidad de los gastos estará comprendido entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2008.

  3. En el caso de los proyectos cuya duración supere el período contemplado por esta convocatoria, la concesión de ayudas en el mismo no vincula al Gobierno de Navarra para las convocatorias siguientes, debiendo, en su caso, presentar una nueva solicitud en los años sucesivos. Como máximo, se financiará un proyecto en dos convocatorias.

  4. No podrán concederse ayudas en el marco de la presente convocatoria a proyectos que no reciban la aprobación...

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