ORDEN FORAL 1/2012, de 11 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la producción audiovisual de las televisiones navarras durante el año 2012.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra convoca desde 2006 ayudas para la producción de contenidos audiovisuales propios por parte de los titulares de licencias concedidas por el propio Ejecutivo foral para Televisión Digital Terrestre. Esta iniciativa fue propuesta por el extinto Consejo Audiovisual de Navarra, que subrayaba los problemas y las dificultades del sistema audiovisual de nuestra Comunidad Foral para generar contenidos propios y de calidad.

Tras seis años de ayudas al sector audiovisual, bien en régimen de concurrencia, bien con carácter nominativo en la Ley Foral de Presupuestos, se valora positivamente la repercusión de este régimen de ayudas públicas en el incremento de calidad de las producciones propias de las televisiones navarras, así como la correspondiente consolidación e incremento de sus audiencias, de acuerdo a las mediciones que se efectúan con carácter anual en el estudio encargado por administraciones, medios y publicistas a la empresa Cies S.L. En este sentido, el Gobierno de Navarra considera necesario mantener una política activa de impulso al sector que garantice la promoción del derecho a la información, de la pluralidad de ideas y opiniones, y sirva para mantener y mejorar el empleo creado.

No obstante, la experiencia acumulada en estos años aconseja introducir algunos cambios que, al igual que los anunciados en el ámbito cultural del Gobierno, permita una optimización de las ayudas, que decrecen en cuantía respecto a años anteriores, en el marco de la contención del déficit público y los ajustes presupuestarios a los que obliga la crisis económica.

Se ha observado que las ayudas públicas de carácter nominal han creado dos problemas.

Por una parte, al coexistir tres televisiones beneficiarias con parrillas de programación básica compartida y propuestas por las propias televisiones, las ayudas públicas no logran la pluralidad deseada en cuanto a diversidad de contenidos que puedan satisfacer a todo tipo de públicos y a todas las áreas geográficas de la Comunidad Foral.

Por otra, se comprueba que buena parte de la ayuda concedida es consumida (y por triplicado) en atender gastos ordinarios de las estructuras televisivas y el dinero directamente invertido en la producción de nuevos contenidos de calidad, que es lo que se persigue, es menor del deseado.

Por ello, la nueva convocatoria para el año 2012 retoma la concurrencia pública para la concesión de ayudas e introduce las siguientes novedades:

-Se crean cuatro tipologías de programación objeto de subvención, con un único beneficiario para cada tipología, evitando así pagar dos y tres veces productos audiovisuales similares en contenido y público al que van dirigidos. Las tipologías propuestas buscan un completo servicio informativo para los ciudadanos de toda Navarra, con un enfoque no centralista de la actividad social, económica y política; una atención específica a las cuestiones de la vida social navarra que tienen menor atención en las parrillas televisivas actuales (la cultura, el medio ambiente, la salud y el consumo, la innovación empresarial o el desarrollo rural, entre otras); y el diseño de contenidos específicos y propios para la infancia y el público juvenil. La cuarta tipología queda sin definir contenidos ni públicos, dando libertad a las televisiones para poder presentar propuestas de marchamo propio. Se mantiene y mejora en todas las tipologías descritas la adaptación de programación propia para los ciudadanos con discapacidad auditiva.

-Se mejora la definición de gastos acogibles y no acogibles a esta convocatoria respecto a años anteriores, para lograr una optimización de los recursos públicos de cara al objetivo marcado: la producción audiovisual de nuevos contenidos de elaboración propia.

-Se establecen nuevos criterios de valoración de las propuestas de las televisiones, distintos y adaptados a cada tipología de programa. Los nuevos criterios introducidos persiguen una mejor atención informativa de cuanto acontezca en toda la Comunidad Foral, valorando la existencia de redacciones propias en Tudela y una red de corresponsalías que atiendan tanto los valles de la Merindad de Pamplona no incluidos en la comarca de la capital, como el resto de merindades en las que se divide Navarra. Asimismo, por primera vez en estas ayudas, se introduce como criterio de valoración el empleo del vascuence en la programación, atendiendo así la normativa foral con respecto a esta lengua.

-Se introducen dos nuevos criterios de obligado cumplimiento para las televisiones que resulten adjudicatarias de alguna de estas categorías: por un lado, se les prohíbe la emisión de publicidad de servicios de carácter sexual; y, por otro, se les obliga a emitir contenidos institucionales, culturales y deportivos sobre los que el Gobierno de Navarra, en virtud de los convenios de colaboración que suscribe con instituciones, entidades deportivas y actores culturales, posee derechos de imagen.

Por todo lo anteriormente expuesto, visto el informe presentado por la Dirección General de Comunicación - Oficina del Portavoz del Gobierno y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 119/2011, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de ayudas a la producción audiovisual durante el año 2012.

  2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria que se recogen en el Anexo de la presente Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto de 2.000.000 de euros para esta convocatoria con cargo a la partida presupuestaria equivalente a la partida B10002-B1130-4709-491100, denominada "Ayudas a la producción audiovisual Canal 4" del presupuestos de gastos del 2011, que al efecto se habilite en el presupuestos de gastos del 2012, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

  4. Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Comunicación, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica de la Secretaría General Técnica y a la Intervención Delegada de Hacienda en el Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones, a los efectos oportunos; y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

  5. Señalar que contra la presente Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 11 de enero de 2012.-El Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

ANEXO

Bases de la convocatoria de ayudas a la producción audiovisual navarra durante el año 2012

  1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de ayudas para actividades de producción de contenidos audiovisuales para el año 2012.

  2. Disponibilidad presupuestaria.

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 2000.000 de euros, con cargo a la partida presupuestaria equivalente a la partida B10002-B1130-4709-491100, denominada "Ayudas a la producción audiovisual Canal 4" del presupuestos de gastos del 2011, que al efecto se habilite en el presupuestos de gastos del 2012, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

  3. Beneficiarios.

    Los titulares de licencias otorgadas por el Gobierno de Navarra para la emisión de Televisión Digital Terrestre.

  4. Tipología de los proyectos audiovisuales subvencionables.

    Se financiarán cuatro tipologías de programación: programación informativa; programación cultural y de ocio, deportiva, educativa y de crónica social; programación infantil y juvenil; y otro tipo de programación no incluida en las tres tipologías precedentes.

    4.1. Programación de carácter informativo. Deberá comprender al menos los siguientes espacios televisivos:

    1. Informativos de lunes a viernes no festivos, tanto a mediodía (con inicio entre las 13 y las 15 horas) como por la noche (entre las 20 y las 22 horas), con al menos una duración de 25 minutos, sin interrupciones para comunicación comercial audiovisual.

    2. Informativos fin de semana y festivos nacionales o de la Comunidad Foral. Programa tanto a mediodía (con inicio entre las 13 y las 15 horas) como por la noche (entre las 20 y las 22 horas), con al menos una duración de 15 minutos, sin interrupciones para comunicación comercial audiovisual.

    3. Programación informativa participativa: al menos un programa semanal, de 50 minutos y sin interrupciones para comunicación comercial audiovisual, en la franja horaria 21-24 horas, que enfoque la actualidad política, social y económica de la Comunidad Foral desde la participación de los principales agentes políticos, sociales, educativos y de representación ciudadana. Esta programación podrá no emitirse durante los meses de julio y agosto.

    4. Programación informativa monográfica o de reportaje: al menos un programa semanal, de 50 minutos y sin interrupciones para comunicación comercial audiovisual, en la franja horaria 21-24 horas, que profundice mediante el reportaje y la investigación periodística, en uno o varios temas de actualidad y debate de la vida sociopolítica de la Comunidad Foral. Este programa deberá ser accesible para las personas con discapacidad auditiva. Esta programación podrá no emitirse durante los meses de julio y agosto.

    5. Programación especial informativa: se preverán diez espacios especiales informativos para todo el año en los que se dará cobertura, con conexiones de imagen y/o voz en directo, a hechos políticos y sociales de gran relevancia, como procesos electorales, actos institucionales solemnes, grandes eventos deportivos y/o culturales.

      4.2. Programación cultural y de ocio, deportiva, medioambiental, sanitaria y de consumo, de innovación empresarial, de desarrollo rural... Deberá comprender al menos los siguientes espacios televisivos:

    6. Programa cultural y de ocio: al menos un programa semanal, de 25 minutos y sin interrupciones para comunicación comercial audiovisual, accesible para las personas con discapacidad auditiva.

    7. ...

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