ORDEN FORAL 299/2001, de 8 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial, Zona Agropecuaria 'Corraliza Cascajo y Villar', de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 299/2001, de 8 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial, Zona Agropecuaria "Corraliza Cascajo y Villar", de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.
El Ayuntamiento de Murillo el Fruto ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.
Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en el informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
ORDENO:
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Aprobar definitivamente el Plan Especial, Zona Agropecuaria "Corraliza Cascajo y Villar", de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con las determinaciones señaladas en el informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
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Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la presente...
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