ORDEN FORAL 98/2009, de 11 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se fijan las cuantías, para el año 2009, de las ayudas económicas previstas en el Decreto Foral 241/2000, de 27 de junio, por el que se regulan ayudas económicas a familias por el nacimiento de dos o más hijos en el mismo parto.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral 241/2000, de 27 de junio, se regulan ayudas económicas a familias por el nacimiento de dos o más hijos en el mismo parto.

En dicho Decreto Foral se establecen las cuantías de las ayudas, los requisitos que han de reunir los beneficiarios y las condiciones de la ayuda. Asimismo, se faculta al Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto Foral (Disposición final primera).

Actualmente la cuantía de las ayudas se encuentra establecida por Orden Foral 241/2006, de 23de octubre de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud. Teniendo en cuenta la cuantía prevista en el presupuesto de Gasto de 2009 para estas ayudas debe llevarse a cabo la aprobación de las cuantías correspondientes el presente ejercicio.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

ORDENO:

  1. Fijar la cuantía, para el año 2009, de las ayudas económicas previstas en el Decreto Foral 241/2000, de 27 de junio, por el que se regulan ayudas económicas a familias por el nacimiento de dos o más hijos, en los siguientes importes:

    1. 91,03 euros mensuales, a abonar a las familias durante el primer año de vida de los hijos, en el caso de nacimiento de gemelos.

    2. 227,60 euros mensuales a abonar a las familias hasta que los hijos cumplan tres años, en caso de nacimiento de trillizos.

    3. 303,47 euros mensuales, a abonar a las familias hasta que los hijos cumplan tres años, en caso de nacimiento de cuatrillizos.

    4. Para el caso de nacimiento de quintillizos o más hijos, se establece una ayuda...

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